La Dirección General de Tributos, en cumplimiento del Plan de Colaboración Público y Social para la Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal dentro del Área de Normativa y Doctrina en Materia Tributaria, pone a disposición tanto del contribuyente como de los colaboradores sociales las Resoluciones del Tribunal Económico Administrativo de La Rioja que entendemos pueden resultar de gran interés.


Fecha Número de Reclamación Concepto Materia/Asunto Reclamación econom-admva del TEAR de La Rioja
30/06/2016 26/00705/2015 ITP y AJD

Vivienda habitual-

Incumplimiento de los requisitos para la aplicación del tipo reducido del 5% por adquisición de vivienda habitual por menores de 36 años: la ocupación de la vivienda no tuvo lugar en el plazo de los 12 meses que exige la norma

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29/09/2017 26/00310/2015 ITP y AJD

Comprobación de valor-

Comprobación de valores debidamente motivada a través de dictamen de peritos de la Administración: dictamen de peritos que toma como fuente la revista EMEDOS

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30/04/2018 26/00126/2016 ISD

Interés de demora-

En relación con la procedencia de intereses de demora en las liquidaciones complementarias, cuando existe un régimen opcional de autoliquidación, si el contribuyente no declara los hechos correctamente ni los valora acertadamente, aplicando alguno de los medios de comprobación contemplados y admitidos por el artículo 52 de la Ley General Tributaria, cabe exigir intereses de demora. En caso contrario no cabría exigir intereses de demora.

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16/05/2018 26/00054/2016 ITP y AJD

Consideración fecha documento privado-

A los efectos de prescripción en los documentos que deban presentarse a liquidación, se presumirá que la fecha de los privados es la de su presentación, a menos que con anterioridad concurran cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 1.227 del Código Civil, en cuyo caso se computará la fecha de la incorporación, inscripción, fallecimiento o entrega, respectivamente

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30/11/2016 26/00495/2016 ITP y AJD

Comprobación de valor-

En la utilización de precios medios de mercado (pmm) deberá especificarse la adaptación de los estudios de pmm y del sistema de cálculo al caso concreto, no bastando la realización de cualquier tipo de estudio de mercado, sino que ha de resultar adecuado al fin que se pretende, por lo que la muestra que se obtenga debe ser lo suficientemente amplia como para proporcionar testigos bastantes de idénticas características que el inmueble a valorar

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25/08/2017 26/00543/2015 ITP y AJD

Cesión de remate-

El artículo 20 del Reglamento del ITPAJD, condiciona la apreciación de una sola transmisión al cesionario a efectos del impuesto a que la enajenación tenga lugar en la subasta judicial y el postor a quien se adjudique el remate hubiera hecho uso, en el acto de subasta, del derecho a cederlo en las condiciones establecidas por la normativa reguladora de la subasta de que se trate. Sólo cabe la práctica de dos liquidaciones en aquellos casos en que, acordada la adjudicación al ejecutante, éste solicitara posteriormente que se proceda a adjudicar el bien a un tercero.

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30/11/2017 26/00049/2016 ITP y AJD

Interés de demora-

El artículo 26.2.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, prevé la generación de intereses de demora en el supuesto de que se produzca la finalización del plazo para la presentación de una autoliquidación, y ésta no se haya presentado o se haya presentado de forma incorrecta. Los intereses de demora son procedentes, puesto que el interesado ingresó, de resultas de su autoliquidación, una cantidad inferior a la que resulta de la liquidación provisional dictada por la Administración

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