La Dirección General de Tributos del Gobierno de La Rioja facilita el servicio de confección y/o pago y presentación a aquellos contribuyentes que no estén obligados a realizarlo de forma telemática (Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) de los siguientes tributos:
Mediante el servicio de asistencia integral al contribuyente se confeccionan las autoliquidaciones a los ciudadanos y se les da la opción de realizar el pago y presentación telemática de las mismas.
Con ello, se trata de agilizar los trámites a realizar con la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, facilitando el pago del impuesto y su presentación en las dependencias tributarias sin desplazamientos innecesarios.
Para poder realizar el pago a través de este servicio, el titular de la cuenta o el titular de la tarjeta de crédito o débito, debe autorizar al empleado público, encargado de la atención al contribuyente, a realizar el pago por el importe que corresponda ingresar.
El pago del importe de la autoliquidación a través de la asistencia integral al contribuyente, se podrá realizar por los siguientes medios:
No se admiten tarjetas American Express, salvo las emitidas por CaixaBank. Hay que tener en cuenta el límite de la tarjeta, no pudiéndose hacer pagos por importe superior a dicho límite.
En los supuestos, en los que el ciudadano, que se persone para la prestación del servicio, no sea el contribuyente, se deberá adjuntar autorización (modelo de representación general).