El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos se podrá iniciar en los siguientes supuestos:
- Cuando se haya producido una duplicidad en el pago de deudas tributarias o sanciones.
- Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación.
- Cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas o sanciones tributarias después de haber transcurrido los plazos de prescripción.
- Cuando así lo establezca la normativa tributaria.
Cómo se inicia el procedimiento de devolución de ingresos indebidos, competencia de la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma de La Rioja:
- A través de GRIAR WEB, en el Área Temática de Tributos, mediante el Modelo 255 puede tramitar la presentación de la devolución de ingresos íntegramente de forma telemática o imprimir dicho modelo una vez consignados los datos y validado, para su presentación de forma presencial.
- Mediante escrito dirigido a esta Dirección General, identificando los datos del ingreso, el tipo de impuesto y el MOTIVO de la solicitud de devolución, así como los datos identificativos del solicitante.
Con la solicitud deberán adjuntarse los documentos que acrediten el derecho a la devolución y todos los elementos de prueba oportunos o, al menos, la mención exacta de los datos identificativos del ingreso.
Plazo
Los interesados podrán presentar la solicitud de devolución de ingresos en el plazo de cuatro años contados desde el día siguiente al que se realizó el ingreso cuya devolución se solicita o desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la autoliquidación si el ingreso indebido se realizó dentro de dicho plazo.
Cómo se realiza la devolución
Para el caso de que la solicitud fuera estimada, puede aportarse en este momento el modelo de ficha de terceros, a efectos de poder realizar la devolución que corresponda.
La Administración tributaria abonará los correspondientes intereses de demora, sin necesidad de que el interesado lo solicite.
La devolución se practicará ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE al sujeto pasivo del impuesto, a excepción del supuesto de fallecimiento del mismo, debiendo acreditarse tal extremo, y los casos de presentacion y pago telemáticos en los que se haya producido un ingreso indebido por error de la plataforma informática de pago no imputable al presentador. |
Que puedo hacer contra la resolución sobre una solicitud de devolución de ingresos indebidos
Podrá impugnarse mediante recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución sin que puedan simultanearse ambos.
Normativa principal
- Ley 58/2003, de 18 de diciembre, General Tributaria: artículos 32 y 221
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa: Título II, Capítulo V.
- Circular nº 1, de 14 de mayo de 1996, conjunta de la Intervención General y de la Dirección General de Tributos y Tesorería por la que se establece el procedimiento para la devolución de ingresos indebidos.