Objetivo:
Proporcionar vías alternativas, dirigidas a atender al alumnado con historial de absentismo o con riesgo de abandono escolar temprano y/o exclusión social, baja motivación escolar, dificultades graves de adaptación o problemas graves de conducta, mediante su incorporación a las aulas para la inclusión socioeducativa que favorezcan su permanencia en el sistema educativo.
Destinatarios:
No serán destinatarios:
El alumnado que presente necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad intelectual o trastorno del espectro autista.
Observaciones:
La incorporación de un alumno o alumna al Programa de Aulas para la inclusión socio-educativa deberá hacerse tras haber agotado otras medidas de atención a la diversidad de carácter más general.
La decisión de incorporación de un alumno o alumna al programa tomada por un centro educativo tiene sólo validez para ese centro.
Solicitud: la realizarán los centros educativos a través del procedimiento electrónico establecido, que está recogido en el apartado de procedimientos electrónicos.
Normativa: el programa se regula mediante resolución de la dirección general competente en materia de diversidad que se publica anualmente. Dicha resolución se encuentra recogida en el apartado de normativa.