Se entiende por calidad diferenciada el conjunto de características peculiares y específicas de un producto agrícola o alimenticio.

Si las características diferenciadas son debidas al origen de las materias primas utilizadas o de los procedimientos de elaboración, estos productos están regulados por la normativa de la Unión Europea (UE), que garantiza el cumplimiento de unos requisitos adicionales a los exigidos para el resto de productos convencionales.

En función del nivel de protección, los productos se acogen a cuatro esquemas de calidad diferenciada: Denominación de Origen Protegida (DOP), Indicación Geográfica Protegida (IGP), Indicación Geográfica (IG), Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG).

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Los productos agroalimentarios riojanos, según su grado de protección, están acogidos a diferentes figuras de calidad diferenciada.