PLAN DIRECTOR DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN 2016-2027 DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
El Plan Director de Saneamiento y Depuración de La Rioja es el instrumento normativo que coordina y programa la actividad de la Administración regional y de las Entidades Locales para alcanzar los objetivos establecidos en la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de saneamiento y depuración de aguas residuales de La Rioja, de acuerdo con el principio de gestión integrada de los servicios públicos del agua.
Estos objetivos buscan la protección del buen estado de las aguas superficiales y subterráneas con el fin de garantizar el saneamiento y depuración de las aguas residuales vertidas en el ámbito territorial de La Rioja, a través de la actuación coordinada de las distintas administraciones públicas con competencia en la materia.
Desde la aprobación en octubre de 1996 del primer Plan Director de Saneamiento y Depuración de La Rioja 1997-2005, se han llevado a cabo grandes inversiones que han dado solución a la depuración de las aguas residuales en los principales núcleos y aglomeraciones urbanas de la región, por lo que el Plan Director de Saneamiento y Depuración 2007-2015 (Decreto 58/2008, de 17 de octubre), arrancó con más del 90% de las aguas residuales depuradas pero, no por ello sus objetivos fueron menos ambiciosos.
La normativa europea instaba a depurar con un tratamiento secundario las aguas residuales de todas las poblaciones que superaran los 2.000 habitantes equivalentes para el año 2005 y a ofrecer un tratamiento adecuado a las de menor tamaño.
La Rioja cumplió con anticipación estos objetivos, y por ello, en este último periodo la atención se ha centrado en mejorar las condiciones de depuración de los municipios más pequeños en términos de población y que son los que tienen mayores limitaciones técnicas, económicas y geográficas.
En estos años, la mayoría de las actuaciones del Plan Director se han centrado en el programa de infraestructuras de conducción y depuración de aguas residuales urbanas para la construcción o mejora de colectores generales y depuradoras. Actualmente, en La Rioja todas las aglomeraciones de más de 300 habitantes cuentan con un tratamiento secundario de sus aguas residuales.
Nuevo plan con nuevos retos
En el nuevo periodo cobrarán mayor protagonismo otros programas del Plan Director, como son el programa de gestión de lodos de depuradora, el de aguas de tormenta y el de eliminación de aguas parásitas que influyen en el correcto funcionamiento de las infraestructuras de conducción y depuración de aguas residuales. Todo ello, sin olvidar el la necesidad de dotar de sistemas de tratamiento adecuado de aguas residuales a todos los núcleos de población que superen los 25 habitantes.
Es importante resaltar la labor del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja en la prestación de los servicios de saneamiento y depuración de aguas residuales en el marco del Plan Director de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales y de lo establecido en la Ley 5/2000, de 25 de octubre. En la actualidad, todos los municipios de La Rioja están consorciados siendo el último en hacerlo Bergasillas Bajera en el año 2012.
El Plan Director 2016-2027 contiene los mismos programas que el Plan 2007-2015:
1. Programa de infraestructuras de conducción y depuración de aguas residuales urbanas.
2. Programa de gestión de aguas de tormenta.
3. Programa de tratamiento y gestión de lodos de depuradora.
4. Programa de gestión del Plan Director.
a. Subprograma de explotación y mantenimiento de las instalaciones de conducción y depuración.
b. Subprograma de saneamiento de aguas residuales industriales conectadas a las redes de saneamiento.
c. Subprograma de eliminación de aguas parásitas.
d. Subprograma de reutilización de aguas residuales para riego.
e. Subprograma de vigilancia y difusión.
El Plan Director de Saneamiento y Depuración 2016-2027 de la Comunidad Autónoma de La Rioja se ha aprobado mediante el Decreto 39/2018, de 2 de noviembre (BOR de 7 de noviembre de 2018), con una modificación regulada en el Decreto 2/2020, de 10 de febrero de 2020.
Este plan se encuentra en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
En el Boletín Oficial de La Rioja de 26 de febrero de 2018 se publicó la Resolución 190/2018, de 21 febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se inicia el periodo de información pública y consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas de la versión inicial y del estudio ambiental estratégico del Plan Director de Saneamiento y Depuración 2016-2027 de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Simultáneamente, se sometió a consulta de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas que habían sido previamente consultadas de conformidad con el artículo 19 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
En el Boletín Oficial de La Rioja de 18 de julio de 2018 se publicó la Resolución 185/2018, de 10 de julio, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Director de Saneamiento y Depuración de La Rioja 2016-2027, con la que concluyó el procedimiento de la evaluación ambiental estratégica ordinaria y en la que se evalúa la integración de los aspectos ambientales de la propuesta final del plan.
Resolución 175/2018, de 22 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación de la Información relativa al Plan Director de Saneamiento y Depuración 2016-2027 de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de evaluación ambiental.
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