El Plan de Vivienda tiene entre sus objetivos impulsar el mercado de la rehabilitación edificatoria, promoviendo actuaciones sobre edificios y ámbitos de la ciudad consolidada, de forma que los edificios de tipología residencial puedan recuperar la calidad edificatoria perdida por el paso del tiempo, mantenerse en buen estado de conservación, mejorar su eficiencia energética, además de contribuir a la reactivación del sector inmobiliario.

Las ayudas de fomento de la rehabilitación edificatoria (conservación, mejora de la calidad, sostenibilidad y ajustes razonables en materia de accesibilidad) se dirigen principalmente a los edificios finalizados antes del año 1981, en los que al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda y que al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.

Plazo de presentación de solicitudes; del 30 de julio al 30 de septiembre de 2014

IMPORTANTE: los propietarios de edificios que vayan a solicitar ayudas públicas para la realización de obras de rehabilitación al amparo del Plan de Vivienda 2013-2016 deberán presentar junto con la solicitud, el informe de evaluación de edificio con arreglo al modelo oficial que se establece en el Anexo II del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.

  1. Requisitos para obtener ayudas a la rehabilitación edificatoria
  2. Documentación a presentar con la solicitud
  3. Importe de las ayudas
  4. Actuaciones de rehabilitación subvencionables.
  5. Decreto 31/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2013-2016
  6. Bases de convocatoria y baremos
  7. Resolución de convocatoria
  8. Preguntas frecuentes