Los propietarios de edificios que vayan a solicitar ayudas públicas para la realización de obras de rehabilitación al amparo del Plan de Vivienda 2013-2016 gestionado por el Gobierno de La Rioja deberán presentar junto con la solicitud, el informe de evaluación del edifico con arreglo al modelo oficial que se establece en el Anexo II del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.

Informe evaluación de edificios (pdf)Este enlace se abrirá en una ventana nueva

El Informe de Evaluación de Edificios consta de tres partes que permiten evaluar otros tantos aspectos del edificio: estado de conservación, las condiciones básicas de accesibilidad universal, certificación de la eficiencia energética del edificio. El Informe de Evaluación de Edificios permite conocer el estado del edificio, sus deficiencias más significativas y por lo tanto proponer las obras de rehabilitación que resultan más necesarias.

El informe debe ser firmado por un técnico facultativo competente para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación. Estos técnicos pueden firmar el informe completo o solo las partes del mismo correspondientes al estado de conservación y mantenimiento y accesibilidad. (Sólo la parte correspondiente a la certificación energética del edificio podría estar suscrito por otros técnicos ingenieros. Consultar en www.larioja.org/industria).

Los técnicos deberán emitir el Informe de Evaluación de Edificios telemáticamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto por el Ministerio de Fomento. Consultar en el respectivo Colegio Profesional.

El Plan De Vivienda 2013-2016 contempla ayudas para la emisión del informe de evaluación de edificio. Estas ayudas se concederán por concurrencia competitiva y todavía no está abierto el plazo de convocatoria pública para solicitarlas.

La ayuda consistirán en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.