traficoImagen en alta resolución. Este enlace se abrirá mediante lightbox, puede haber un cambio de contextoLos planes urbanísticos e instrumentos de ordenación del territorio suponen en La Rioja el 95% de los planes y programas sometidos a evaluación ambiental. Aplicando la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a las figuras del planeamiento urbanístico e instrumentos de ordenación del territorio establecidos en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de ordenación del territorio y urbanismo de La Rioja:

1.- Se someterán a evaluación ambiental estratégica ordinaria:

  • La estrategia territorial de La Rioja.
  • Las directrices de ordenación actuación territorial.
  • Las zonas de interés regional.
  • Los proyectos interés supramunicipal.
  • Los planes generales municipales.
  • Los planes especiales que afecten a más de un municipio, ya sean de carácter independiente o de desarrollo de los instrumentos de ordenación del territorio y del planeamiento municipal.

2.- Serán objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada:

  • Las modificaciones menores de las figuras del planeamiento urbanístico e instrumentos de ordenación del territorio.
  • El planeamiento independiente o de desarrollo que afecte solo a un municipio (planes parciales, planes especiales, incluidos los planes especiales de reforma interior, y estudios de detalle).
  • Nota informativa [pdf]

En la web de la Dirección General de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda se encuentra disponible el Documento de Recomendaciones Técnicas para la interpretación y aplicación de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de ordenación del territorio y urbanismo de La Rioja y otras normativas sectoriales con incidencia en la materia, para coordinar y agilizar el procedimiento de redacción y aprobación del planeamiento urbanístico, en el que se indica cómo tramitar los distintos procedimientos administrativos de aprobación del planeamiento urbanístico integrando el trámite ambiental.

En este sentido, la Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos ha participado tanto en la redacción de este Documento como en todas las ediciones del "Curso de Recomendaciones Técnicas de Urbanismo" celebradas hasta la fecha y organizadas por la Escuela Riojana de Administración Pública.



Cálculo de la Huella de Carbono

Huella-de-carbonoAunque las directivas comunitarias en materia de evaluación ambiental aún no obligan a ello, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental introduce la obligación de que la evaluación ambiental estratégica tenga en consideración el cambio climático, para lo cual deberán utilizarse las informaciones y técnicas disponibles en cada momento. Se concreta así la propuesta formulada a este respecto en el Libro Blanco de la Unión Europea sobre adaptación al cambio climático, que recogía la necesidad de efectuar un análisis del impacto sobre el clima de algunas decisiones urbanísticas, territoriales o infraestructurales cuyos efectos ambientales repercutirán a largo plazo.

A pesar de que el cambio climático es considerado tanto en el procedimiento ordinario como en el simplificado, solo el primero de ellos exige la evaluación de la huella de carbono asociada al plan o programa, que adquiere especial importancia en las figuras del planeamiento urbanístico e instrumentos de ordenación del territorio, ya que en La Rioja suponen el 95% de los planes y programas sometidos a evaluación ambiental.

Con el fin de facilitar esta labor, la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua, como órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ha editado una Guía en la que se proporcionan las herramientas para el cálculo de la huella de carbono (HC) de un futuro desarrollo urbanístico en función de la superficie a urbanizar y del número de viviendas proyectadas en el mismo.

La Guía incluye asimismo un listado de actuaciones y recomendaciones a la hora de proyectar y construir un desarrollo urbanístico, así como para su posterior mantenimiento y gestión, encaminadas a reducir las emisiones y aumentar las inmisiones de CO2. Todas estas intervenciones quedarán integradas dentro de una hoja de cálculo que permitirá cuantificar cada actuación y medir el impacto tanto del propio desarrollo urbanístico como de las posibles medidas correctoras a tomar con el fin de minimizar su contribución al cambio climático.