¿Qué es la Declaración Responsable de Apertura?

documentosLa Declaración Responsable de Apertura es un instrumento de intervención de carácter municipal mediante el cual el titular de una actividad manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos por la normativa ambiental aplicable para iniciar su funcionamiento. Con esta declaración, el interesado asume el deber de mantener las condiciones declaradas durante el tiempo que dure la actividad.

La Declaración Responsable de Apertura está regulada en el Decreto 29/2018, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del Título I "intervención Administrativa" de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.


De acuerdo con el Art. 9.2.d de la Ley, será exigible para:

1º. El inicio de actividades que hayan sido previamente sometidas a:

    • Autorización Ambiental Integrada.
    • Evaluación de Impacto Ambiental.
    • Licencia Ambiental.

2º. En los casos previstos en el anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, o normativa básica que la sustituya, cuando la superficie útil de exposición y venta al público sea igual o inferior a 750 m metros cuadrados.


. Aquellas actividades que de conformidad con esta ley estarían sujetas a licencia ambiental, pero que por estar por debajo de determinados parámetros predeterminados en una orden aprobada por el titular de la consejería competente en materia de medio ambiente se considere que puedan producir una escasa incidencia en el medio ambiente o en la salud de las personas.


4.º Las explotaciones ganaderas extensivas, incluida la apicultura, que no incluyan edificaciones para el establecimiento temporal o continuado del ganado y cumplan con la normativa sectorial correspondiente.


La presentación de la Declaración Responsable de Apertura habilita al interesado para la apertura e inicio de la actividad desde el mismo día de su presentación. Para ello, es necesario que, con anterioridad, se hayan ejecutado las obras e instalaciones requeridas (eléctricas, acústicas, de seguridad industrial y demás procedentes), y que se disponga de las autorizaciones o se hayan realizado las comunicaciones exigidas por la normativa sectorial aplicable.

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