La sociedad demanda cada día un mayor uso recreativo de los espacios naturales y es el senderismo una actividad que está en constante aumento. Este creciente tránsito de personas por el medio natural plantea la necesidad de ordenar esta actividad al aire libre, especialmente en los casos en que se practica en grupos compuestos por un número elevado de personas o que se desarrolle el itinerario en espacios naturales protegidos. El Decreto 64/1998, de 20 de noviembre, regula la realización de senderos y su uso público en el medio natural de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La normativa establece que la realización de actividades organizadas o que impliquen el acceso de grupos a los senderos que discurren por terrenos forestales de La Rioja, deberán contar con la autorización de la Dirección General de Biodiversidad en los siguientes casos:
¿Cómo solicitar la autorización?
Los organizadores solicitarán la correspondiente autorización a la Dirección General de Biodiversidad, con una antelación mínima de un mes, adjuntado la siguiente información:
Descargar el impreso de solicitud [rtf 40 KB]
¿Dónde entregarlo?
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Dirección General de Biodiversidad
c/ Pradoviejo 62, bisLogroño 26071 - La Rioja-
También se puede entregar en cualquier Oficina de Atención al Ciudadano u otros lugares de presentación de solicitudes.
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