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El Gobierno de La Rioja y el Ministerio de Vivienda han articulado diferentes medidas para conseguir que los inquilinos con rentas más bajas realicen un esfuerzo razonable a la hora del pago de las rentas del alquiler en viviendas libres o protegidas.

Las ayudas a inquilinos del Plan de Vivienda 2009-2012 (ayuda estatal y Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja) son complementarias: la ayuda estatal se concede por un periodo de dos años y cubre hasta el 40% del importe del alquiler mientras que la Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja garantiza un marco estable de dos años en los que el inquilino no realizará un esfuerzo superior al 25% de sus ingresos (20% en el caso de jóvenes, familias numerosas o con personas dependientes a su cargo, personas con discapacidad y solicitantes con ingresos inferiores a 1,5 IPREM).

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solicitud de ayudas a inquilinos (218Kb)

¿Qué requisitos básicos debe cumplir el inquilino?

  • El/los inquilino/s no podrá/n ser titular/es del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda, salvo en los supuestos previstos en el artículo 3.1 del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre.
  • Deberá acreditarse que la actividad laboral constituye la actividad principal de los beneficiarios.
  • No podrá existir parentesco por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo entre el arrendador y cualquiera de los arrendatarios.
  • Que los ingresos de los arrendatarios se encuentren entre 1 y 2,5 veces IPREM para la ayuda estatal y para la Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja. En el caso de ingresos por debajo de 1 IPREM podrá acreditarse emancipación laboral.
  • No ser beneficiario ni cumplir los requisitos exigidos para ser beneficiario de la Renta Básica de Emancipación regulada en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre.

¿Qué requisitos básicos debe cumplir la vivienda?

  • Debe destinarse a residencia habitual y permanente del/los arrendatario/s.
  • La renta mensual máxima de la vivienda, incluidos anejos (vinculados o no) que figuren en el contrato de arrendamiento, no excederá de 450 €. (importe actualizable con arreglo al IPC a partir del 1 de enero de 2010)

¿Qué ayudas percibirá el inquilino?

  • Ayuda estatal del 40% de la renta anual por alquiler con un máximo de 3.200 euros anuales. Esta ayuda se concede por dos años y no puede volverse a solicitar hasta pasados otros cinco desde la fecha inicial de su reconocimiento. (1)
  • Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja, complementaria a la anterior, para que el arrendatario no realice un esfuerzo económico por el pago del alquiler superior al 25% de su renta (20% en el caso de jóvenes, familias numerosas o con dependientes a cargos, discapacitados, arrendatarios con ingresos inferiores a 1,5 veces IPREM), siempre que el importe del alquiler no supere el 60% de sus ingresos. Esta ayuda se concede por dos años. (1)

(1) Con motivo de la entrada en vigor de la Orden 3/2012 de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial se informa de lo siguiente:

  • A partir del día 26 de junio de 2012, no se admiten a trámite nuevas solicitudes de petición de esta ayuda.
  • A partir del día 26 de junio de 2012 sólo se pagarán las ayudas que hubieran sido solicitadas con anterioridad a esta fecha.

¿Dónde se gestionan las ayudas a inquilinos?