La contaminación del suelo y, el régimen jurídico de las actividades potencialmente contaminantes y de los suelos contaminados en España viene regulado por:


Los aspectos más significativos recogidos en estas normas son:

  • La posibilidad de que la administración solicite información complementaria en relación con un emplazamiento determinado.
  • La obligación de llevar a cabo un control periódico del suelo y de las aguas subterráneas para las actividades incluidas en el Real Decreto Legislativo 1/2016
  • La obligación para los causantes de la contaminación o los propietarios de los suelos contaminados de realizar una evaluación de la contaminación del emplazamiento y, acometer tareas de descontaminación
  • La posibilidad de la descontaminación del suelo de forma voluntaria para cualquier uso previsto sin la declaración previa del suelo como contaminado.
  • La obligación de las Comunidades Autónomas de declarar los suelos contaminados en su territorio conforme a la legislación vigente.

Actualmente en la Comunidad Autónoma de La Rioja no hay suelos contaminados declarados.

Enlaces de interés: