La actividad de Planta de valorización de residuos precisa las siguientes autorizaciones de la Dirección General de Calidad Ambiental, además de la licencia ambiental municipal:
- Autorización de actividad de valorización de residuos no peligrosos. Es necesaria una visita de comprobación previa a su concesión.
- Autorización como APCA grupo B.
- Inscripción como pequeño productor de residuos en el caso de que el proyecto contemple su producción durante las operaciones de gestión de residuos.
- Presentar informe preliminar de situación del suelo por encontrarse la actividad incluida en el Anexo I del Real Decreto 9/2005.
Contenido de la memoria que debe acompañar a la solicitud de autorización de una planta de valorización de RCD
Las condiciones y requisitos que deben contemplarse en el proyecto y en la memoria que acompañe la solicitud de autorización de una planta de valorización de RCD, son:
- CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS:
- Terreno suficiente para el desarrollo de la actividad acorde con la capacidad de tratamiento de la instalación. La capa superficial del terreno estará formada por una capa mineral compactada de espesor suficiente. Dispondrá de acceso adecuado, cerramiento mediante vallado, drenaje superficial y sistemas para evitar la dispersión de los residuos por la acción del viento.
- Caseta u oficina de servicios en la que se debe registrar toda admisión y toda expedición.
- Báscula para el pesado de los residuos admitidos, de los residuos producidos y de los productos reciclados obtenidos.
- Lugares de acopio debidamente identificados y diferenciados tanto para los residuos recibidos como para los productos reciclados, así como contenedores adecuados para los residuos generados, que deberán ser entregados a otros gestores para su valorización o eliminación. Como mínimo deberá disponer de contenedores para: metal, papel-cartón, plástico, madera, residuos peligrosos y fracción resto.
- Instalaciones para la trituración o machaqueo y clasificación de los productos inertes reciclados, con separación de metales complementaria.
- La Planta se vallará perimetralmente, con una altura mínima de 2 metros y contará con una pantalla vegetal o sistema equivalente, para evitar la dispersión de polvo y partículas.
El almacenamiento de RCD (los residuos admitidos en la planta o entradas) tendrá lugar en el espacio habilitado al efecto, debidamente separado del resto de la planta, y su único destino será su valorización en la propia planta.
La solera donde se almacenarán los residuos a tratar en la Planta debe impermeabilizarse suficientemente, por lo que se deben incluir los cálculos justificativos de la solución adoptada. Se puede optar por hormigonarla y no incluirlos.
La altura del acopio de los residuos admitidos no sobrepasará los tres metros de altura ni una cantidad superior a la capacidad de tratamiento de 100 horas. Este acopio estará impermeabilizado y separado mediante vallado de 4 metros de altura del resto de la planta, para evitar "volados" o mediante sistema equivalente.
Dispondrá de una pendiente suficiente para que mediante el sistema proyectado se recojan los lixiviados impidiendo su vertido y de un sistema de desvío de pluviales.
El proyecto contará con las tomas de agua necesarias para la aspersión de los residuos previamente a su tratamiento. Es necesario prevenir la emisión de partículas mediante la humectación de los residuos.
CARACTERÍSTICAS DE GESTIÓN:
- La explotación de la instalación estará bajo la dirección de una persona con cualificación técnica adecuada. Estarán previstos el desarrollo y la formación técnica y profesional del personal de la instalación.
- Los residuos a recibir serán recepcionados por una persona responsable quien realizará una inspección visual con la finalidad de admitir únicamente los residuos autorizados para tratar.
- Existirán procedimientos para la separación de los distintos tipos de impropios que entran mezclados en la masa de RCD a la instalación.
- También, el promotor deberá consignar una fianza de 6 € por tonelada de RCD que se permite almacenar, que se impondrá en la autorización, con el fin de garantizar la correcta gestión de los residuos almacenados, por lo que resulta imprescindible que se incluya la estimación de la capacidad de almacenamiento de residuos y los cálculos correspondientes, así como la capacidad de tratamiento en toneladas/hora.
- Todos los residuos valorizables o reciclables obtenidos en el tratamiento de residuos realizado en la planta deben destinarse a este fin. Mientras el productor los tenga en su poder deberá mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. A tal fin deberá contemplar la ubicación y capacidad de los contenedores adecuados para su almacenamiento hasta entrega a gestor. También existirá un rechazo no valorizable que se deberá destinar a eliminación y que será tenido en cuenta para ubicar su almacenamiento.