[julio 2008]
La Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial ha abierto el plazo para la presentación de permisos de solicitud de captura de aves fringílidas.Las autorizaciones están dirigidas exclusivamente a los miembros de sociedades de canaricultores y pájaros de canto legalmente constituidas y registradas. La solicitud, junto con el resto de documentación, deberá presentarse como fecha límite un mes antes del inicio de los periodos hábiles de captura en laa época postreproductora y de paso otoñal. La tenencia de aves fringílidas para el perfeccionamiento de su canto o belleza es una actividad cultural tradicional en La Rioja y se concentra en cuatro especies: verderón, verdecillo, jilguero y pardillo. Estos animales únicamente pueden ser adquiridos por captura en estado silvestre, ya que la cría en cautividad no está suficientemente desarrollada como para permitir un suministro amplio y continuo.Por este motivo y con carácter excepcional, Medio Natural autoriza en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo la captura en vivo y tenencia de ejemplares de aves fringílidas silvestres en pequeñas cantidades y siempre con la finalidad de su cría en cautividad y el perfeccionamiento de su canto o de su belleza.Las especies con autorización para su captura y tenencia son el jilguero (Carduelis carduelos), verderón (Carduelis chloris), verdecillo (Serinus serinus) y pardillo (Carduelis cannabina).La autorización deberá acompañar a los ejemplares retenidos allí donde se encuentren y será el documento acreditativo de su tenencia legal. Las aves podrán ser trasladadas fuera de su lugar habitual de estancia, pero siempre acompañadas de la autorización de tenencia.Los días hábiles de captura son: 3,10, 15, 17, 24 y 31 de agosto y los sábados, domingos y festivos entre el 11 de octubre y el 16 de noviembre. El cupo establecido es de 10 ejemplares por persona y no más de dos hembras.