Polígono

[abril 2007]

El Gobierno crea el Registro de Instalaciones que usan disolventes orgánicos y regula sus emisiones

El Gobierno de La Rioja ha aprobado el Decreto por el que se crea el registro de instalaciones que usan disolventes en su actividad y se regula la emisión de compuestos orgánicos volátiles, uno de los principales causantes de la contaminación fotoquímica. La norma autonómica establece los mecanismos para el cumplimiento del Real Decreto 117/2003.

Las instalaciones sujetas a este Decreto, siempre que superen determinados umbrales, son las dedicadas a impresión por sistema offset, fotograbado y serigrafía; limpieza de superficies; recubrimiento de madera, cuero y con adhesivos; limpieza en seco; fabricación de calzado; laminación de madera y plástico; fabricación de preparados de barnices, tintas y adhesivos; conversión de caucho; extracción de aceite vegetal y grasa animal y fabricación de productos farmacéuticos, entre otras. Las instalaciones nuevas que desarrollen alguna de las actividades citadas en la Ley se registrarán de oficio al obtener la autorización ambiental integrada. Las instalaciones existentes, así como las que ya dispongan de autorización ambiental integrada, deben solicitar la inscripción en el registro antes del 31 de octubre de 2007. Igualmente, el plazo para remitir la declaración de su adaptación al Real Decreto finaliza el 31 de marzo de 2008.Respecto a la emisiones, antes del 31 de marzo de cada año, los titulares de las instalaciones deberán remitir una declaración de uso de disolvente, con un plan de gestión de disolventes, el cálculo justificativo de la emisión total y un informe de un organismo de control acreditado donde conste los resultados de la medición de emisiones.

Acceso al texto completo del Decreto