edificio

¿Qué requisitos básicos debe cumplir el promotor?

  • El promotor deberá construir viviendas de protección oficial y mantenerlas en alquiler durante un periodo de 10 o de 25 años. Las viviendas podrán ser de régimen especial, general o concertado.
  • El acceso a estas viviendas se determinará en función del régimen de la vivienda y de los ingresos del inquilino.
  • Las rentas estarán limitadas en función del régimen de las mismas y de la localidad donde se ubiquen.

¿Qué ayudas puede percibir?

  • Formalización de préstamo convenido por importe máximo de hasta el 80% del valor de la promoción y plazo de amortización de 10 ó 25 años, según el caso.
  • Subsidiación de hasta 350 € anuales por cada fracción de 10.000 € de préstamo protegido.
  • Subvención directa de hasta 230 € anuales por cada metro cuadrado útil de vivienda destinada al alquiler.

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