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¿En qué consiste las ayudas a inquilinos del Plan de Vivienda 2009-2012?

Las ayudas a inquilinos, pueden estar comprendidas por una ayuda estatal y una ayuda autonómica.

La ayuda estatal podrá consistir en una cuantía máxima anual que no excederá del 40 % de la renta anual que se vaya a satisfacer, ni de un máximo absoluto de 3.200 euros.

La ayuda autonómica, se concederá, para que ningún solicitante haga un esfuerzo económico por pago del arrendamiento superior al 25 por 100 de su renta disponible anual, ni del 20 por 100 en el caso de jóvenes, familias numerosas y con dependientes a cargo, personas con discapacidad y solicitantes cuyos ingresos familiares no excedan de 1,5 veces el IPREM.

¿Qué requisitos debo reunir para obtener las ayudas a inquilinos del Plan de Vivienda de La Rioja?

Para ser beneficiario de la ayuda estatal:

  • No cumplir los requisitos para ser beneficiario de la RBE.
  • Poseer la residencia legal y permanente en España, en el supuesto de extranjeros.
  • Tener unos ingresos familiares comprendidos entre 1 y 2,5 veces el IPREM. (excepto supuestos de emancipación)
  • No tener relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador, o ser socio o partícipe de la persona jurídica que actúa como arrendador.
  • No ser titular de otra vivienda, en los términos establecidos en el artículo 3.1 Real Decreto 2066/2008.
  • Que los arrendatarios no solicitantes no sean beneficiarios de la ayuda estatal y/ o autonómica con arreglo al Plan de Vivienda o de la Renta Básica de Emancipación.
  • Que la renta mensual máxima de la vivienda, incluidos anejos vinculados o no que figuren en el contrato de arrendamiento, no exceda de 450 €.

Para ser beneficiario de la ayuda autonómica:

Además de los requisitos y condiciones establecidos en el apartado anterior, para obtener la ayuda autonómica :

  • El límite máximo de ingresos familiares se eleva hasta 2,5 veces el IPREM.
  • La renta anual de la vivienda no exceda del 60 por ciento de los ingresos anuales acreditados. A estos efectos, los ingresos familiares se computarán como los ingresos mínimos, sin ponderar por el coeficiente correspondiente al número de miembros.
  • Ser beneficiario de la ayuda a los inquilinos.

¿Durante cuánto tiempo puedo recibir estas ayudas?

La duración de la ayuda estatal del Plan y de la ayuda autonómica será de dos años, abonándose con carácter semestral, previa resolución favorable de la Dirección General competente en materia de vivienda. Los pagos se realizarán a semestre vencido desde la fecha de entrada de la solicitud.

No se podrán obtener nuevamente estás subvenciones hasta transcurridos, al menos, cinco años desde la fecha de su reconocimiento inicial, es decir, desde la fecha de resolución de concesión de la ayuda emitida por la Dirección General de Vivienda.