[01 de junio de 2012]
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha publicado hoy la Orden que establece la normativa específica para la prevención y lucha contra los incendios forestales en La Rioja durante la temporada 2012-2013. Como viene siendo habitual, esta Orden regula el uso del fuego como herramienta para eliminar residuos agrícolas y forestales, así como en todas aquellas actividades que puedan suponer un riesgo de incendio en las épocas de mayor peligro.
Este año, la norma incorpora algunas novedades. La más significativa se refiere a la obligación de que las obras y trabajos que se ejecuten en terrenos forestales y en la franja de 400 metros que los rodea -lo que se conoce como ‘zonas de peligro- incorporen una serie de normas de seguridad en materia prevención de incendios forestales, que deberán incluir en sus pliegos de prescripciones técnicas a la hora de realizar los contratos. Se exceptuarán de esta obligación los trabajos que los agricultores realicen para la gestión ordinaria de sus campos de cultivo y los que se realicen como consecuencia de situaciones de emergencia.
Entre estas medidas preventivas figuran algunas de carácter general como la prohibición de fumar mientras se maneja material inflamable o maquinaria o la obligación de mantener libres de obstáculos y limpios caminos, pistas o cortafuegos.
También se exigirán medidas de seguridad específicas durante el manejo de herramientas, maquinarias y equipos, así como la obligación de que, en la época de alto riesgo, cada cuadrilla de trabajo separada por más de 100 metros o cada tractor, cuente con un operario controlador dedicado a vigilar los posibles conatos de incendio que puedan surgir.
Como en años anteriores, la norma distingue tres épocas de riesgo de incendios forestales, cuyas fechas podrán variar si las condiciones meteorológicas lo aconsejan:
Prohibiciones en ‘zonas de peligro’
Otra de las novedades de este año es que durante la época de alto riesgo y en las zonas de peligro (terrenos forestales y su entorno) únicamente se podrá hacer fuego en asadores que se encuentren en edificaciones dotadas de techo con matachispas, cerradas al menos en el 75% del perímetro de la planta del edificio (3 paredes en edificios de cuatro paredes) y con suelo de pavimento artificial. En todos los demás supuestos se prohíbe el uso del fuego y de artefactos de cualquier tipo que puedan producir incendios, incluso en zonas recreativas y de acampada, así como el uso de asadores, barbacoas y hornillos.
También se prohíbe el lanzamiento, desde los cascos urbanos, de fuegos artificiales, cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego que puedan alcanzar terrenos con riesgo de incendio forestal. Como excepción se podrán autorizar espectáculos o festejos tradicionales con elementos pirotécnicos al aire libre en municipios no considerados de riesgo de incendios forestales o en los que sí lo sean cuando la actividad se celebre a más de 400 metros de un terreno forestal.
Calendario de quemas
Para evitar y prevenir los incendios en las fincas agrícolas y los terrenos forestales próximos a ellas, la Orden establece una serie de prohibiciones y requisitos a tener en cuenta para la eliminación de los residuos agrícolas. Entre ellos destaca que el agricultor deberá avisar con antelación y obligatoriamente al servicio de emergencias 112, a poder ser en el momento más cercano posible al comienzo de la actividad y como máximo dos horas antes de la misma, para que en caso de producirse alguna incidencia sea más rápida y eficaz su localización.
Como en años anteriores, se distingue entre municipios con predominio de terrenos forestales y municipios con predominio de terrenos agrícolas. En cada caso se establecen unas condiciones específicas para la quema controlada de residuos agrícolas y siempre es necesaria la autorización administrativa previa cumplimentando los impresos destinados a tal efecto.
La Dirección General de Medio Natural podrá habilitar nuevos días, cuando sea estrictamente necesario, y a petición únicamente de los Ayuntamientos.
Más información sobre este trámites y solicitudes
Folleto de incendios de la temporada 2012/2013
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