Coto de cazaSegún la Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de La Rioja los terrenos cinegéticos pueden ser cotos de caza o reservas regionales de caza y atendiendo a su titularidad quedan clasificados de la siguiente manera:

  • Titularidad privada:
    • Cotos privados
      • Formados por propietarios o titulares de aprovechamientos de caza, de forma individual o asociados voluntariamente en un máximo de 10 propietarios de terrenos colindantes.
      • No pueden pertenecer a montes de utilidad pública y han de contar con una superficie mínima de 250 Has., los de caza menor, y 500 Has., los de caza mayor, en cotos con un solo titular, y con 500 Has. y 1000 Has. respectivamente en cotos varios titulares.
    • Cotos Comerciales
      • Terrenos cuya actividad cinegética está basada en la suelta periódica de piezas criadas en cautividad para su captura inmediata.
      • Régimen de explotación cinegética con ánimo de lucro que ha de contar con la autorización de la Consejería de Turismo y Medio Ambiente.
    • Cotos Deportivos:
      • Constituidos por sociedades de cazadores sin ánimo de lucro con la obligación de reconocer un porcentaje de socios de la localidad donde esté situado el coto y a otro porcentaje de cazadores sin posibilidad de disfrutar de otro coto.
      • Superficie mínima de 500 Has. cuando el aprovechamiento principal sea la caza menor y de 1000 Has. si se trata de caza mayor.
  • Titularidad pública:
    • Reservas Regionales de Caza
      • Áreas del territorio que por sus especiales características constituyen núcleos con excepcionales posibilidades cinegéticas.
      • Los derechos de caza corresponden al Gobierno de La Rioja así como su administración a través de la Consejería de Turismo y Medio Ambiente.
      • Actualmente existe la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda.
    • Cotos Sociales:
      • Constituidos por la Comunidad Autónoma sobre terrenos en los que tiene la titularidad de los derechos cinegéticos.
      • Su finalidad es facilitar el ejercicio de la caza a todos los cazadores que tengan licencia y favorecer el acceso de los cazadores riojanos.
      • Actualmente existen 7 Cotos Sociales en La Rioja.
    • Cotos municipales:
      • Formados por entidades locales con obligación de reservar un porcentaje de permisos a propietarios de las fincas que forman el coto, a vecinos de la propia localidad y a cazadores foráneos.
      • Superficie mínima de 250 Has. cuando el aprovechamiento sea la caza menor y de 500 Has, cuando se trate de caza mayor.

Terrenos cinegéticos según la Ley 9/98 de Caza de La Rioja.

Tipo de terreno Nº de terrenos Superficie (has.)
Terrenos cinegéticos
Cotos comerciales 1 680
Cotos privados 15 6.701
Cotos deportivos 83 188.162
Cotos municipales 89 177.396
Reserva Regional de Caza 1 106.773
Terrenos no cinegéticos
Terrenos no acotados 26 12.492
Terrenos cercados 3 481
Terrenos vedados 7 2.387
Total (C.A.R.) 503.388

Fuente: Dirección General de Biodiversidad.