Tasa
Deberá abonarse la cantidad de 18 euros por cada uno de los certificados inscritos, en concepto de tasa por tramitación de los certificados de eficiencia energética de edificios, efectuándose el ingreso en la cuenta restringida:
CAIXABANK ES26 2100 6196 3113 0080 6826
Una vez se haya accedido al área de inscripción y se haya pulsado "Alta Inscripción" para inscribir un certificado, deberá seleccionarse la opción de pago manual en la parte inferior. Una vez en el formulario principal deberá indicarse la fecha de la transferencia y adjuntar en formato PDF un resguardo del ingreso de la tasa, Indicándose Obligatoriamente en el asunto de la transferencia:
"Tasa 4.09 CEDIF: Municipio-Calle-Número- Piso-Puerta" dirección correspondiente al Inmueble Certificado en la solicitud de inscripción que se abona.
Por cada solicitud de certificado se adjuntará un solo resguardo de ingreso individualizado correspondiente a un unico abono de tasa. No se admitirán resguardos de ingreso en los que figure mas de una tasa de certificado sujeto a inscripción.
El solicitante debe ser titular de una cuenta en alguno de los bancos adheridos a la Pasarela de Pago. Los bancos adheridos son: BANCO DE SANTANDER, BANCO POPULAR, BANCO DE VASCONIA, IBERCAJA, CAIXABANK, CAJA RURAL DE NAVARRA, CAJA RURAL DE SORIA, BANTIERRA.
Para realizar pago telemático el SOLICITANTE debe ser TITULAR de la cuenta y tener saldo.
Una vez se haya accedido al área de inscripción y se haya pulsado "Alta Inscripción" para inscribir un certificado, deberá seleccionarse la opción de pago telemático en la parte inferior. Una vez en el formulario principal deberá seleccionarse el Banco (en un menú desplegable) e indicar el número de cuenta desde el que se realiza el pago.
De acuerdo con la Disposición Adiccional Primera de la Ley 7/2014, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2015:
Los sujetos pasivos de las tasas y los obligados al pago de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que, previa habilitación reglamentaria del correspondiente procedimiento, presenten las declaraciones-liquidaciones y realicen el pago de su importe por medios telemáticos, tendrán derecho a una deducción del 10% sobre el importe de la cuota en aplicación de las tarifas o precios establecidos en cada caso. La deducción no podrá superar en ningún caso el límite de tres euros por cada cuota. Por tanto en el supuesto de pago telemático de la tasa de certificación energética de edificios su importe será de 16,2 euros.