El Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, define informe base o de situación de partida como aquel que contiene la información sobre el estado de la contaminación del suelo y las aguas subterráneas por sustancias peligrosas relevantes.

Y, establece la obligación para las instalaciones nuevas y existentes de disponer de un informe base cuando la actividad implique el uso, producción o emisión de sustancias peligrosas relevantes teniendo en cuenta la posibilidad de contaminar el suelo y/o las aguas subterráneas.

En este documento guía [pdf 46 Kb] se explica como se lleva a cabo la aplicación de la normativa en materia de suelos contaminados y aguas subterráneas en instalaciones que requieren autorización ambiental integrada.

Información complementaria

Orientaciones de la Comisión Europea sobre el informe de la situación de partida en el marco del artículo 22, apartado 2, de la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales (2014/C 136/03), publicado por la Comisión Europea, que establece las etapas que han de tenerse en cuenta en la realización del informe base.

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