Entre los medios más productivos del mundo encontramos los humedales. En la actualidad la caracterización y la definición de humedales se encuentra en una ardua discusión en el ambiente científico, pero sin embargo, podemos definirlos como aquellos cuerpos de agua corriente o estacionaria, temporal o permanente, en los que el agua es un componente fundamental para el mantenimiento de la circulación de los materiales y la energía. En el caso de los ríos esto incluye tanto al cauce principal, la llanura de inundación y sus paleocauces.
La Convención RAMSAR define a los humedales como: "…extensiones de marismas, pantanos, turberas o aguas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluyendo las extensiones de aguas marinas cuya profundidad en mareas no exceda a 6 metros." (Convención RAMSAR)
Normativa aplicable a todos los humedales
- Resolución de 19 de enero de 2010 de la Dirección General de Medio Natural y Política forestal por la que se incluyen en el Inventario español de Zonas Húmedas, 49 humedales de la C.A.R. [BOE nº 30 del 4 de feberero de 2010]
Normativa específica
- Laguna de Hervías. Decreto 17/2007 de 13 de abril por el que se declara área Natural Singular la Laguna de Hervías y se aprueban sus normas de protección. [BOR nº 50 de 17 de abril de 2007]
- Sotos del Ebro en Alfaro. Decreto 29/2001 de 25 de mayo por el que se declara la Reserva Natural de los Sotos del Ebro en Alfaro. [BOR nº 64 de 29 de mayo de 2001]
- Sotos del Ebro en Alfaro. Decreto 44/2000 de 1 de septiembre por el que se aprueba el plan de Ordenación de los recursos naturales de los sotos del Ebro en Alfaro. [BOR nº 115 de 14 de septiembre de 2000]
- Humedales de la Sierra de Urbión. Resolución de 17 de enero de 2006 de la Dirección general para la Biodiversidad por la que se autoriza la inclusión en la lista del convenio Ramsar de los humedales de la Sª de Urbión. [BOE nº 47 de 24 de febrero de 2006]