15 de noviembre de 2012

El Gobierno de España ha aprobado medidas urgentes para proteger a las familias más vulnerables que cuenten con deudas hipotecarias. En función de una serie de requisitos personales y de renta, las familias españolas podrán acogerse a la paralización, durante dos años, del lanzamiento (fase ejecutiva del desahucio) de su vivienda.

Esta medida, que complementa la tomada meses atrás en relación con los desahucios, no tiene carácter retroactivo para los desahucios ya ejecutados, estará acompañada por otras actuaciones urgentes como la creación de un Fondo Social de Viviendas, un parque de viviendas destinadas al alquiler con precios bajos para personas que han perdido su vivienda.

La Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendasEste enlace se abrirá en una ventana nueva, incluyemedidas como la mejora del Código de Buenas Prácticas Bancarias y la revisión de los procedimientos de subastas bancarias, tasaciones, intereses de demora o la posibilidad de establecer límites en las compras de vivienda habitual.

Dos años de moratoria en la hipoteca

Desde el año 2007 se han registrado en España cerca de 400.000 desahucios, de ellos 2.600 en La Rioja. La medida anunciada permitirá la paralización durante dos años de los lanzamientos, es decir, de la fase final de desahucio por impago de la hipoteca.

Podrán acogerse a estas medidas urgentes las familias con hipoteca sobre su única vivienda en propiedad cuyo nivel de renta no supere tres veces el IPREM, es decir, 1.597 euros mensuales (19.164 euros anuales).

Se establece como condición que la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos netos y que la carga hipotecaria haya sufrido una alteración significativa, es decir, que se haya multiplicado, al menos, por un 1,5 en los últimos cuatro años.

Para ser beneficiario de estas medidas, además, deberá encontarse en alguna de estas circunstancias personales o familiares:

  • ser familias numerosas de acuerdo con la definición en la legislación vigente,
  • ser unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo
  • familias que tengan, al menos, un menor de tres años
  • familias que tengan personas a su cargo con discapacidad superior al 33% o dependencia que incapacite de modo permanente para una actividad laboral
  • personas en paro y que hayan agotado la prestación por desempleo
  • unidades familiares en las que convivan en la misma vivienda una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consaguinidad o afinidad y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que le incapacite de forma temporal o permanente para una actividad laboral
  • personas que estén en algunos supuestos de violencia de género

Otras medidas en tramitación parlamentaria

El Gobierno de España, que ha aprobado la estructura del llamado "banco maloEste enlace se abrirá en una ventana nueva"que entrará en funcionamiento el 1 de diciembre, anuncia nuevos umbrales para la aplicación del Código de Buenas Prácticas Bancarias con el objetivo de poder entrar en procesos de reestructuración de la deuda, de quita o, en su caso, de dación en pago.

Asimismo, se plantea la modificación de algunos aspectos relacionados con las subastas y con los intereses de demora, uno de los principale sproblemas para quienes se encuentran incursos en procesos de impago.

Se estudian mecanismos para dar mayor independencia a las sociedades de tasación frente a las instituciones bancarias a la hora de tasar la vivienda, la posibilidad de establecer límites en las compras de vivienda habitual para evitar el sobreendeudamiento o mecanismos para evitar cláusulas abusivas en las negociaciones hipotecarias.

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