Procedimiento de actuación para casos de conflicto interpersonal en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Este procedimiento de carácter preventivo, está dirigido a evitar el agravamiento de conflictos interpersonales en el ámbito laboral que pudieran ocasionar riesgos psicosociales en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El conflicto en sí mismo se considera normal dentro de una organización, no tiene por qué ser considerado como una situación negativa y de hecho puede considerarse como una oportunidad de mejora y de aprendizaje. Sin embargo, cuando el conflicto no se gestiona de forma adecuada y persiste en el tiempo comienzan a surgir los aspectos negativos del conflicto, constituyendo en este último caso un riesgo de carácter psicosocial que puede crear no sólo un mal ambiente de trabajo y problemas en la calidad del servicio prestado, sino que puede tener repercusiones negativas para la salud de las personas involucradas en el mismo. Cuando los conflictos no se gestionan ni se resuelven sino que se mantienen en el tiempo y se agravan, se crea un caldo de cultivo para situaciones indeseables como pueden ser los casos de acoso psicológico en el trabajo.
El procedimiento no goza de naturaleza represiva ni punitiva, sino que va dirigido a la prevención de los conflictos en el ámbito laboral con el fin de evitar los riesgos psicosociales en el trabajo. Aboga por la mediación como método de resolución de conflicto, mediación que recae en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales no sólo como responsable en la gestión de riesgos laborales sino como entidad ajena y neutral a las partes en conflicto. El procedimiento buscará la agilidad y rapidez de respuesta, se protegerá la intimidad, y respetará la dignidad de las personas involucradas en el procedimiento. Asimismo procurará la protección suficiente de los trabajadores en cuanto a su seguridad y salud, teniendo en cuenta las posibles consecuencias tanto físicas como psicológicas que se deriven de esa situación. Las actuaciones se iniciarán en el momento que el Servicio de Prevención tenga conocimiento, por escrito, de la comunicación o queja hecha por el trabajador, y finalizará con el informe de conclusiones que incluirá, si procede, las medidas correctoras o preventivas que se adapten a esa situación. Es por lo tanto, independiente del régimen disciplinario que se pueda concluir y no impide en ningún caso la utilización por parte de las personas implicadas de las acciones administrativas o judiciales previstas en la ley.
Cualquier trabajador ya sea funcionario de carrera, interino o contratado laboral perteneciente a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El Servicio de Prevención ofrece asesoramiento en resolución de conflictos. Se pueden dirigir al Servicio para cualquier consulta o aclaración