[15 de mayo de 2015]
La temporada de alto riesgo se fija del 15 de julio al 15 de octubre
El Boletín Oficial de La Rioja publica hoy la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente que establece la normativa específica para la prevención y lucha contra los incendios forestales en La Rioja durante 2015-2016. Como viene siendo habitual, esta normativa regula el uso del fuego para eliminar residuos agrícolas y forestales, así como en todas aquellas actividades que puedan suponer un riesgo de incendio en las épocas de mayor peligro.
La Dirección General de Medio Natural ha editado un folleto informativo con los aspectos más destacados de la Orden que se podrá consultar también a través de la web del Gobierno de La Rioja www.larioja.org/medioambiente.
La norma distingue tres épocas de riesgo de incendios, cuyas fechas podrán variar si las condiciones meteorológicas lo aconsejan:
Se mantienen las prohibiciones en zonas de peligro
Este año, la norma mantiene las prohibiciones que se pusieron en marcha las campañas pasadas para las zonas consideradas de peligro (terrenos forestales y su entorno). Los únicos asadores que se podrán utilizar en terrenos forestales durante la época de alto riesgo son edificaciones dotadas de techo con matachispas cerradas al menos en el 75% del perímetro de la planta del edificio (3 paredes en edificios de cuatro paredes) y con suelo de pavimento artificial. En todos los demás supuestos se prohíbe el uso del fuego y de artefactos de cualquier tipo que puedan producir incendios, incluso en zonas recreativas y de acampada, así como el uso de asadores, barbacoas y hornillos.
También se prohíbe el lanzamiento, desde los cascos urbanos, de fuegos artificiales, cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego que puedan alcanzar terrenos con riesgo de incendio forestal. Como excepción se podrán autorizar espectáculos o festejos tradicionales con elementos pirotécnicos al aire libre en municipios no considerados de riesgo de incendios forestales o en los que sí lo sean cuando la actividad se celebre a más de 400 metros de un terreno forestal.
Además, la Orden contempla que todas las obras y trabajos que se ejecuten en estas zonas incorporen una serie de normas de seguridad en materia prevención de incendios forestales, que deberán incluir en sus pliegos de prescripciones técnicas a la hora de realizar los contratos. También se exigirán medidas de seguridad específicas durante el manejo de herramientas, maquinarias y equipos.
Calendario de quemas
Para evitar y prevenir los incendios en las fincas agrícolas y los terrenos forestales próximos a ellas, la Orden fija una serie de prohibiciones y requisitos que se deben tener en cuenta para la eliminación de los residuos agrícolas. Entre ellos, destaca que el agricultor deberá avisar con antelación y obligatoriamente al servicio de emergencias 112, a poder ser en el momento más cercano posible al comienzo de la actividad y como máximo dos horas antes de la misma, para que en caso de producirse alguna incidencia sea más rápida y eficaz su localización.
Como en años anteriores, se distingue entre municipios con predominio de terrenos forestales y aquellos con predominio de terrenos agrícolas. En cada caso se establecen unas condiciones específicas para la quema controlada de residuos agrícolas y siempre es necesaria la autorización administrativa previa.
Municipios con predominio de terrenos forestales
Ábalos, Aguilar del Río Alhama, Ajamil de Cameros, Almarza de Cameros, Anguiano, Arnedillo, Berceo, Bergasa, Bergasillas, Brieva de Cameros, Cabezón de Cameros, Canales de la Sierra, Castroviejo, Cellorigo, Cervera del Río Alhama, Cornago, Daroca, Enciso, Estollo, Ezcaray, Foncea, Galbárruli, Gallinero de Cameros, Grávalos, Hornillos, Igea, Jalón, Laguna de Cameros, Lagunilla de Jubera, Ledesma de la Cogolla, Leza de Rió Leza, Lumbreras, Mansilla, Matute, Manzanares, Munilla, Muro de Aguas, Muro en Cameros, Navajún, Nestares, Nieva, Ojacastro, Ortigosa, Pazuengos, Pedroso, Préjano, Pinillos, Pradillo, Rabanera, El Rasillo, Robres del Castillo, Sajazarra (norte), Santurde, Santurdejo, San Millán de la Cogolla, San Román de Cameros, San Vicente de la Sonsierra, Santa Engracia de Jubera, Soto en Cameros, Terroba, Tobía, Torre en Cameros, Torrecilla en Cameros, Valdemadera, Valgañón, Ventrosa, Viguera, Villalba de Rioja, Villanueva de Cameros, Villar de Torre, Villarejo, Villavelayo, Villaverde de Rioja, Villoslada de Cameros, Viniegra de Abajo, Viniegra de Arriba, Villarroya, Zarzosa y Zorraquín.
La Consejería de Medio Ambiente ha establecido un calendario para el uso del fuego fuera de las zonas de peligro en municipios agrícolas en época de riesgo moderado por lotes:
LOTE 1: Alcanadre, Ausejo, Badarán, Cárdenas, Corera, Galilea, Hornos de Moncalvillo, Medrano, El Redal, Sojuela, Sotés y Ventosa. Días habilitados: 26 y 27 de octubre y 5 y 6 de noviembre.
LOTE 2: Albelda de Iregua, Bezares, Camprovín, Leiva, Manjarrés, Nalda, Ocón, San Millán de Yécora, Santa Coloma, Sorzano, Tormantos, Treviana. Días habilitados: 16 y 19 de octubre y 2 y 3 de noviembre.
LOTE 3: Entrena, Fuenmayor, Lardero, Logroño, Navarrete, Pradejón, Tudelilla y El Villar de Arnedo. Días habilitados: 20 y 21 de octubre y 4 y 5 de noviembre.
LOTE 4: Alesanco, Azofra, Briones, Canillas de Río Tuerto, Cañas, Casalarreina, Cirueña, Cordovín, Gimileo, Hormilla, Ollauri, Rodezno, Torrecilla sobre Alesanco y Zarratón. Días habilitados: 16, 19, 29 y 30 de octubre.
LOTE 5: Alberite, Bañares, Castañares de Rioja, Cidamón, Clavijo, Hervías, Leza de Río Leza, Ribafrecha, San Torcuato y Villamediana de Iregua. Días habilitados: 22 y 23 de octubre y 9 y 10 de noviembre.
LOTE 6: Aldeanueva de Ebro, Alfaro, Anguciana, Baños de Río Tobía, Bobadilla, Briñas, Cihuri, Cuzcurrita de Río Tirón, Fonzaleche, Haro, Ochánduri, Rincón de Soto, Sajazarra Sur, Tirgo y Villaseca.Días habilitados: 16 y 19 de octubre; 11 y 12 de noviembre.
LOTE 7: Arnedo, Baños de Rioja, Cenicero, Herce, Herramélluri, Hormilleja, Huércanos, San Asensio, Santa Eulalia, Torremontalbo, Uruñuela y Villalobar de Rioja. Días habilitados: 21 y 22 de octubre y 3 y 4 de noviembre.
LOTE 8: Agoncillo, Alesón, Arenzana de Abajo, Arenzana de Arriba, Arrúbal, Autol, Calahorra, Corporales, Grañón, Murillo de Río Leza, Nájera, Quel, Santo Domingo de la Calzada, Tricio y Villarta-Quintana.
Días habilitados: 28 y 29 de octubre y 5 y 6 de noviembre.
La Dirección General de Medio Natural podrá habilitar nuevos días, cuando sea estrictamente necesario, y a petición únicamente de los Ayuntamientos.
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