Avisando con antelación, se puede faltar al trabajo con derecho a recibir el salario completo en los siguientes casos:

  • Por matrimonio: 15 días
  • Por enfermedad grave, accidente o muerte de parientes hasta segundo grado: 2 días, ampliables a 4 si hay que viajar a otra localidad.
  • Cambio de domicilio: 1 día
  • Cumplimiento de deberes, como asistir a un juicio, gestión de documentos oficiales o similares y citas médicas que deban hacerse en el horario de trabajo: tiempo indispensable. En estos casos es recomendable pedir justificante.