Asistencia Juridica Gratuita.
La Constitución española en su artículo 119 establece que la justicia será gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
Todo ciudadano que acredite insuficiencia de recursos para litigar podrá solicitar asistencia jurídica gratuita en los procedimientos judiciales en los que esté interesado. Además, con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce este derecho a:
La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita es el órgano colegiado de la Comunidad Autónoma de La Rioja que reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita ante los órganos judiciales con competencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
A su vez, están a disposición de los ciudadanos los Servicios de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de la Comunidad Autónoma de La Rioja y las Oficinas Judiciales que prestan asesoramiento a las personas interesadas en solicitar Asistencia Jurídica Gratuita.
La obtención del derecho permite al ciudadano disfrutar sin coste alguno de abogado, procurador, y demás profesionales que deban intervenir en el procedimiento, así como la ausencia de otros costes económicos como pueden ser los gastos notariales requeridos, la inserción gratuita de anuncios o edictos en periódicos oficiales, la asistencia pericial gratuita, la exención del pago de depósitos necesarios para la interposición de recursos... Esta situación de ausencia de costes se extenderá a la ejecución de la sentencia y al conocimiento del litigio en segunda instancia por otro Tribunal, siempre que se trate del mismo procedimiento