compromisos

1. Conceder las cédulas de habitabilidad en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la recepción de la solicitud (plazo legal 1 mes).

2. Otorgar el visado de los contratos y escrituras de compraventa y arrendamiento de viviendas de protección oficial en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud (plazo legal 1 mes).

3. Proceder a la calificación provisional de las V.P.O. en el plazo máximo de 1 mes desde la recepción de la solicitud (plazo legal 2 meses); calificación definitiva en el plazo máximo de 1 mes (plazo legal 3 meses); descalificación voluntaria, en el plazo máximo de 15 días hábiles (plazo legal 3 meses)

4. Resolver las solicitudes de ayudas y subvenciones para la adquisición de Viviendas Protegidas nuevas (V.P.O.) y Viviendas Protegidas usadas (V.P.U.) en el plazo máximo de 1 mes desde su recepción (plazo legal 3 meses).

5. Resolver las solicitudes de renovación de la subsidiacion de préstamos para la adquisición y rehabilitación de V.P.U. en el plazo máximo de 1 mes desde su recepción (plazo legal 3 meses).

6. Reducir progresivamente el número de documentos a presentar con la solicitud de subvenciones.

7. Progresar en la mejora de la claridad de la información en materia de vivienda.

8. Resolver todas las reclamaciones sobre los posibles defectos en viviendas.