Petición de informes necesarios para resolver el expediente en un plazo máximo de dos días desde la recepción de la solicitud de autorización o reconocimiento de compatibilidad en la Inspección General de Servicios.
Reiteración de los informes necesarios para resolver el expediente en el plazo máximo de dos días desde el vencimiento del plazo para su emisión.
El 75% de los expedientes de solicitud de reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de una actividad privada se resolverán en el plazo máximo de un mes (plazo legal: 2 meses)
Atender de manera inmediata todas las consultas presenciales y telefónicas
Contestar en un plazo de tres días las consultas formuladas por escrito o por correo electrónico
Informar a la Secretaría General Técnica, o Gerencia correspondiente, en el plazo de dos días de las posibles irregularidades detectadas en materia de incompatibilidades.
Reciclaje continuo del personal de la Inspección General de Servicios en base al estudio de las novedades normativas y jurisprudenciales que existan en materia de incompatibilidades.