Se entenderá que existe en todo caso proximidad cuando el domicilio del trabajador o el lugar en que pernocte temporalmente mientras se desarrolla la campaña éste en el mismo término municipal o en término municipales limítrofes del centro de trabajo.

El criterio general es minimizar en la medida de lo posible el desplazamiento de los trabajadores al centro de trabajo. No obstante, en aquellos supuestos en que sea estrictamente necesario el desplazamiento, se ha resuelto fijar el criterio de proximidad, en el límite máximo de 80 Kilómetros, entre el domicilio del trabajador o el lugar en que pernocte temporalmente mientras se desarrolla la campaña y el centro de trabajo.