Los beneficiarios de esta línea de ayudas son las administraciones públicas, organismos públicos, entidades públicas, empresas públicas, sociedades mercantiles, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG, entidades privadas con o sin ánimo de lucro.

Los requisitos para obtener ayudas de este programa son los siguientes:

  • Las viviendas habrán de ser edificadas o rehabilitadas sobre suelos pertenecientes a las administraciones públicas o sus entidades dependientes (incluyendo suelos dotacionales)-
  • La superficie útil de las viviendas no podrá exceder de 90 metros cuadrados.
  • Destinarlas al alquiler durante un plazo mínimo de 50 años siempre que, al menos el 50% de las mismas sean de alquiler en rotación (un 30% de ellas deberán reservarse a población atendida por los servicios sociales, ONG y entidades sin ánimo de lucro) y el resto de alquiler protegido.
  • Ejecutar las obras en el plazo de 22 meses (28 si se trata de más de 80 viviendas)

Las viviendas financiadas con arreglo a este programa deberán tener un alquiler mensual máximo de 450 euros y tendrán las siguientes características:

a) viviendas de alquiler en rotación para ser alquiladas a unidades de convivencia con ingresos totales de hasta 1,2 veces el IPREM, sumando los de todos los que vayan a residir habitual y permanente en la vivienda. El alquiler debe ser en rotación y con una renta máxima de 4,7 € mensuales por metro cuadrado de superficie útil, más un 60% de dicha cuantía por m2 de garaje o anexo a la vivienda.

b) viviendas de alquiler protegido para ser alquiladas a unidades de convivencia con ingresos totales entre 1,2 y 3 veces el IPREM, sumando los de todos los que vayan residir habitual y permanente en la vivienda. La renta máxima será de 6 € mensuales por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, más un 60% de dicha cuantía por m2 de garaje o anexo a la vivienda.