Solicitud de informe de habitabilidad de inicio de obras.
Las entidades locales, antes de la concesión de licencia municipal de obras, deberán recabar a la Dirección General con competencias en materia de vivienda, informe previo de habitabilidad de los proyectos de obras de las actuaciones indicadas en el artículo 2.1 del Decreto 28 /2013, de 13 de septiembre.
A la solicitud de informe previo, se acompañará la siguiente documentación:
Se podrá emitir informe de habitabilidad de inicio de obra favorable con la presentación del proyecto básico, con arreglo a lo establecido en el Anejo I del Código Técnico de la Edificación y la fotocopia del DNI o del NIF del promotor si bien, condicionado a la presentación en la Dirección General con competencias en materia de vivienda del documento a) señalado en el apartado primero de este artículo, con anterioridad al comienzo de la obra.
Solicitud de informe previo de habitabilidad de obras nuevas