Cuando adquirimos un vehículo usado, antes de dirigirnos a la Jefatura de Tráfico, es requisito previo e imprescindible el pago del impuesto correspondiente, el IVA o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) si se trata de una compra.
Cuando SE COMPRA un vehículo de segunda mano, lo primero a tener en cuenta es:
- Si me lo vende una empresa. Esta transmisión estará sujeta a IVA. La empresa deberá emitir una factura cuyo importe total incluirá el impuesto que se debe pagar.
En este caso, no hay que pagar ITP y AJD y, por tanto, no debe confeccionar ningún impreso de autoliquidación. El justificante del pago del impuesto es la propia factura, documento que debe aportar junto con el resto de documentación que le exijan en la Jefatura de Tráfico.
- Si me lo vende un particular. En este caso la transmisión está sujeta al concepto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITP y AJD.
Antes de ir a la Jefatura de Tráfico a cambiar el titular del vehículo deberá obtener un justificante de haber abonado este impuesto.
El impuesto lo debe abonar el comprador en la Comunidad Autónoma donde tenga su residencia habitual si es persona física o domicilio fiscal si es persona jurídica.
Si el comprador tiene su residencia habitual en La Rioja podrá presentarlo:
- En las oficinas centrales de la Dirección General de Tributos c/ Portales 46. Horario de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 ininterrumpidamente
- En cualquiera de las Oficinas Liquidadoras existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma. También puede presentarlo en las oficinas centrales de la Dirección General de Tributos. (personal OOLL).
- Mediante presentación telemática, a través del programa ORIA WEB.
Para poder realizar el pago, deberá confeccionar el modelo de autoliquidación del impuesto correspondiente a la compraventa de vehículos usados:
- Modelo 620 (presencial) o 621 (telemático). En el caso de que el vehículo esté incluido en la Orden anual que publica el Ministerio de Hacienda sobre precios medios de venta de determinados medios de transporte atendiendo a sus características y años transcurridos desde su primera matriculación (turismos, todoterrenos, furgonetas mixtas, ciclomotores, motocicletas y quad)
- Modelo 600 (presencial) o 601 (telemático). Cuando el vehículo no esté incluido en la Orden anterior (furgonetas, camiones, camionetas, autocaravanas, caravanas, tractores y remolques).
El ingreso de la deuda tributaria y la presentación del impuesto deberán de realizarse dentro del plazo de 30 días hábiles, a contar desde el momento en que se adquirió el vehículo.
Puede realizar el pago y la presentación de 2 formas distintas:
- On line. A través de la Plataforma ORIA WEB: si dispone de firma electrónica o certificado digital, podrá pagar y presenta la autoliquidación desde su propia casa sin necesidad de acudir a las Oficinas Tributarias.
El programa generará 2 ejemplares del modelo 621 o 601 con su correspondiente número de presentación asignado por la Dirección General de Tributos, debiendo acudir con esta documentación directamente a la Jefatura Provincial de Tráfico.
- De manera presencial. Podrá cumplimentar e imprimir el modelo en su casa a través del apartado Modelos y Formularios de la web de la Dirección General de Tributos, o a través del Asistente de ORIA WEB. También puede adquirir el modelo en las Oficinas Tributarias correspondientes.
Posteriormente podrá realizar el pago presencial en cualquiera de las Entidades Financieras Colaboradoras y después acudir a la Oficina Tributaria correspondiente, o acudir a las Oficina Tributaria donde podrá realizar el pago mediante cargo en cuenta o mediante tarjeta de crédito o débito (a través del servicio de PAGO ASISTIDO).
Si usted realiza presencialmente el pago y la presentación, deberá pasar por la Oficina Tributaria correspondiente, con la siguiente documentación:
- DNI del comprador (o CIF, en el caso de que el adquiriente del vehículo sea una persona jurídica)
- Documentación del vehículo (Permiso de circulación y Tarjeta de Inspección Técnica)
Posteriormente se puede acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico para realizar el cambio de titularidad del vehículo.