1 - ¿Qué es el sistema de notificaciones electrónicas?

2 - ¿Qué es la Dirección Electrónica Habilitada?

3 - ¿Cómo se obtiene la Dirección Electrónica Habilitada?

4 - Vigencia de la Dirección Electrónica Habilitada

5 - ¿Cómo puedo darme de baja en el Sistema de Notificaciones electrónicas?

6 - ¿Puedo cambiar el medio inicialmente señalado para recibir las notificaciones?

7 - ¿Cómo me entero que tengo una notificación en mi buzón?

¿Cómo me identifico para acceder a una notificación electrónica?

Para acceder al contenido de la notificación es necesario estar en posesión de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidospor el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica."

8 - ¿De qué plazo dispongo para leer una Notificación?

9 - ¿En qué estados puede encontrarse una notificación?

10 - ¿Puedo descargarme el contenido de una notificación en mi ordenador personal?

11 - ¿Cómo puedo obtener una certificación de una notificación?

12 - ¿Cómo actuar si aparecen errores en la aplicación informática?

13 - Ninguna de mis preguntas está en esta lista.


1 - ¿Qué es el sistema de notificaciones electrónicas?

Es un servicio que ofrece el Gobierno de La Rioja para la recepción de notificaciones por medios electrónicos, sustituyendo al sistema de envío por correo postal.

Para utilizar este servicio es necesario darse de alta en el sistema de notificaciones electrónicas del Sector Público de la Comunidad de La Rioja para lo que es necesario disponer de DNIe o uno de los certificados electrónicos reconocidosEste enlace se abrirá en una ventana nueva por el Gobierno de la Rioja. Igualmente deberá comprobar que su ordenador y sistema operativo cumplen los requisitos indicados.

Al acceder al servicio, aparecerá un formulario con los datos recogidos del DNIe o certificado, debiendo informar una dirección de email para recibir los correos avisándole cada vez que se produzca una notificación.

Deberá firmar el alta y, en ese momento, se le habilitará una Dirección Electrónica Habilitada (DEH) para recibir las notificaciones que le practiquen la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja así como los Organismos Públicos que dependan de ella siempre que así lo haya solicitado o se haya declarado la obligatoriedad de la notificación electrónica en un procedimiento.

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos de forma voluntaria el interesado debe indicarlo así en el formulario de solicitud del procedimiento o en el documento complementario establecido al efecto y disponible en los procedimientos de la Oficina Electrónica.



2 - ¿Qué es la Dirección Electrónica Habilitada?

Se trata de una dirección electrónica que se asigna a cualquier persona física o jurídica que será única y gratuita. Asociado a la Dirección Electrónica Habilitada, su titular dispondrá de un buzón electrónico en el que recibirá las notificaciones electrónicas que le practiquen la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus Organismos Públicos.



3 - Cómo se obtiene la Dirección Electrónica Habilitada?

A solicitud del interesado, la Dirección Electrónica Habilitada queda asignada tras la firma del alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de La Rioja en la forma indicada con anterioridad. Los interesados pueden también autorizar al órgano competente para la tramitación de un procedimiento para que se les provea de una dirección electrónica habilitada y cuando la práctica de la notificación electrónica sea obligatoria se asignará de oficio si el interesado no la ha obtenido previamente.



4 - Vigencia de la Dirección Electrónica Habilitada

La Dirección Electrónica tendrá una vigencia indefinida, excepto en los supuestos de revocación por el titular, el fallecimiento de la persona física o extinción de la personalidad jurídica o porque así lo ordene una resolución administrativa o judicial.Igualmente la dirección se inhabilitará por el transcurso de tres años sin que se utilice para la práctica de notificaciones, comunicándose esta circunstancia al interesado.

No obstante lo anterior, no se inhabilitará esta dirección electrónica cuando se establezca la práctica de notificaciones electrónicas con carácter obligatorio.



5 - Cómo puedo darme de baja en el Sistema de Notificaciones electrónicas?

En caso de revocación, seleccione la opción "Baja en el sistema de notificaciones electrónicas", rellene y firme el formulario con su DNIe o certificado electrónico. Este hecho originará la inhabilitación para la recepción de notificaciones electrónicas. No se permitirá la baja cuando esté establecida la práctica de notificaciones electrónicas con carácter obligatorio.



6 - Puedo cambiar el medio inicialmente señalado para recibir las notificaciones?

Durante la tramitación del procedimiento podrá optar por un medio distinto del inicialmente elegido para lo que será necesario dirigir al órgano competente para aquélla tramitación una solicitud de modificación del medio de notificación utilizando el modelo establecido para ello y disponible en los procedimientos de la Oficina Electrónica.



7 - Cómo me entero que tengo una notificación en mi buzón?

Accediendo a su Dirección Electrónica disponible las 24 horas del día todos los días del año. Es preciso acceder periódicamente (como mínimo una vez cada 10 días) al buzón de notificaciones de la DEH, como si se tratara de otra cuenta de correo electrónico más. No obstante para facilitar la notificación, el sistema contempla la posibilidad de consignar una cuenta de correo electrónico personal en la que, de forma no vinculante y con carácter meramente informativo, se le avisará de las nuevas notificaciones realizadas.



8 - De qué plazo dispongo para leer una Notificación?

Desde el momento en el que un mensaje se pone a su disposición en su dirección electrónica habilitada usted dispone de 10 días naturales para su lectura. Si no procede a su lectura en ese plazo, la notificación se considerará rechazada con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.



9 - En qué estados puede encontrarse una notificación?

  • Pendiente: cuando el destinatario ha recibido la notificación y está disponible para su aceptación y lectura, o rechazo.
  • Leída, si el destinatario ha accedido a la notificación y ha firmado su recepción.
  • Rechazada, si el usuario ha decidido no leer esa notificación de forma expresa.
  • Rechazada de forma automática, si ha transcurrido el plazo de 10 días que establece la ley de validez de las notificaciones administrativas sin que el ciudadano haya leído o rechazado la notificación.


10 - Puedo descargarme el contenido de una notificación en mi ordenador personal?

El sistema permite al destinatario visualizar o descargar la notificación y, en su caso, los documentos adjuntos y verificar las firmas electrónicas que los acompañen.



11 - Cómo puedo obtener una certificación de una notificación?

El sistema de notificación generará automáticamente un certificado de la recepción que acreditará la fecha y hora en que se produce la puesta a disposición de la notificación, así como del acceso al contenido de la notificación o de su rechazo expreso con indicación de la fecha y hora en la que se produce dicho acceso o rechazo. Este certificado será firmado con el sello electrónico del Gobierno de La Rioja.



12 - Cómo actuar si aparecen errores en la aplicación informática?

En el caso de aparecer errores al utilizar la aplicación informática deberá cumplimentar y enviar el formulario que aparece en el apartado Ayuda/Contacto.



13 - Ninguna de mis preguntas está en esta lista.

Acude al formulario de contacto