28 de mayo de 2009

GOBIERNO C.A. EXTREMADURA- Los beneficiarios serán personas físicas o jurídicas, empadronadas o con domicilio social en el ámbito territorial de Extremadura, que deseen realizar una plantación de viñedo en los términos municipales integrados en la Denominación de Origen Ribera del Guadiana, en la Denominación de Origen del CAVA (Almendralejo) o en los términos pertenecientes a la comarca de Sierra de Gata-Hurdes.

La asignación de los derechos de plantación procedentes de la Reserva Regional tendrá como finalidad el establecimiento de nuevas plantaciones destinadas a la producción de vinos de calidad producidos en una denominación de origen, o de vinos de mesa designados mediante una indicación geográfica.

Entre los requisitos que deben cumplir los solicitantes está el no haber sido beneficiario de prima por abandono ni haber cedido derechos de replantación en la campaña de presentación de la solicitud o durante las cinco campañas precedentes, así como no tener derechos de replantación vigentes, salvo que no disponga de suficientes para completar la plantación solicitada y, por supuesto, cumplir la normativa vitivinícola vigente.