1. Para la contratación de personas trabajadoras:
    1. Que sean contratadas con carácter temporal o indefinido.
    2. Que sean personas trabajadoras desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en una oficina del Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja en una de las ocupaciones relacionadas en el Anexo, hasta el día anterior a la fecha de contratación, careciendo de ocupación laboral, según el informe de vida laboral de la misma.
    3. Tener nacionalidad española o disponer de ciudadanía del Espacio Económico Europeo, así como personas trabajadoras extranjeras titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
  2. Para la reducción del horario laboral: Personas trabajadoras que tengan contrato de trabajo en vigor y personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma que estén empadronadas en un municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.