Marcas o nombre comercial (signos distintivos)

  • Se protege los signos distintivos en general.
  • Se protege la denominación del programa de ordenador. Ej. Word Perfect (Se incluye en la clase 9 del Nomenclátor).
  • Se protege la denominación de las obras de Multimedia.
  • Se protege la denominación del CD-ROM o compact-disc.
  • Se protege el logotipo o gráfico. Pueden ser
    • Marcas Mixtas: Consisten en la denominación mas el Logotipo.
    • Marcas Gráficas: Consisten sólo en un símbolo.
    • Marcas Denominativas: Consiste sólo en las denominaciones.
  • Concepto: Se trata de una denominación que se va a utilizar comercialmente para distinguir unos productos o servicios, unas actividades o un establecimiento.
  • Clases:
    • Marca: Se deben de encuadrar los productos o servicios en una o varias de las 45 clases del Nomenclátor Internacional en las que se encuentran clasificados todos los productos o servicios del mercado.
    • Nombre Comercial: Se refiere a las actividades de la empresa, encuadrándolas también en la clasificación internacional.
  • Duración: Tanto para las marcas como para los nombres comerciales el registro se concede por diez años desde la fecha de solicitud, renovables indefinidamente, consiguiéndose para las actividades o productos que se reivindiquen la exclusividad de utilización a nivel nacional.
  • Ámbito de Protección: Además de poder proteger una marca fuera de España mediante una solicitud de marca comunitaria o de marca internacional, se puede solicitar en prácticamente cualquier país del mundo a través de una solicitud nacional, pudiéndose reivindicar como fecha de solicitud de la misma la de la primera solicitud presentada, siempre que no hayan transcurrido mas de 6 meses desde dicha fecha.
  • La protección internacional solamente es posible para las marcas, pudiéndose llevar a cabo como Marca Internacional, Marca Comunitaria en la Unión Europea o como Marca Nacional en el país que se desee.