25 de junio de 2009

Finalidad de la Línea
La Línea tiene como finalidad la concesión de avales a las Entidades de Crédito para garantizar los impagos de facturas endosadas por las empresas y autónomos, correspondientes a obras y servicios prestados a Entidades Locales.

Importe total
Hasta 3.000 millones de euros de aval, que podrá ser ampliado hasta el límite del 25% del importe anual de las entregas a cuenta de la Participación en los Tributos del Estado del año 2009 (PTE 2009) cuya cuantía es de 14.540 millones de euros.

Importe máximo por Entidad Local
Se establecerá un límite por Entidad Local correspondiente al 25% de la PTE 2009 que le corresponda.

Clientes
Autónomos y empresas, con independencia de su tamaño, que dispongan de facturas o certificaciones correspondientes a obras o servicios realizados ante las Entidades Locales que hayan sido entregados antes del 23 de abril de 2009.

Modalidad de endoso
El endoso será realizado bien mediante la modalidad de confirming (cuando la Entidad Local tenga una Línea de confirming en la Entidad de Crédito), o bien mediante el correspondiente Acuerdo de Cesión, su notificación fehaciente a la Entidad Local, y la consiguiente toma de razón por ésta. En el segundo caso, para que la Entidad de Crédito proceda a realizar el endoso, el cliente debe disponer de los dos Anexos siguientes:

ANEXO I: Certificación del Secretario/a de la Entidad Local, de acuerdo con el informe que expida el Interventor/a o el Tesorero/a de ésta, por el que se ha producido el reconocimiento de la obligación a cargo de la misma.

ANEXO II: Notificación fehaciente a la Entidad Local de cada Acuerdo de Cesión efectuado por la empresa o autónomo y la ENTIDAD DE CRÉDITO con la consiguiente Toma de razón por parte de la Entidad Local.

Plazo para efectuar cesiones de derecho de cobro (endosos)
Se podrán acoger a esta línea de avales las cesiones de derecho de cobro realizadas por los autónomos y empresas a la Entidad de Crédito entre el 23 de abril de 2009 y el 31 de julio de 2009, ambos inclusive.

Importe de endoso máximo por Cliente
Hasta el 100% de la factura o certificación, con el límite de 300.000 euros (IVA incluido), computable en una o varias facturas o certificaciones.

Tipo de descuento del Endoso por la Entidad de Crédito
Máximo de un 5% sobre el importe de la factura o certificación de obra o servicio (IVA incluido), que se descontará de una sola vez en la fecha del endoso.

Fuente: Instituto de Crédito Oficial