10 de agosto de 2010

Actuaciones subvencionables y beneficios

  • Consultoría de gestión para la definición y presentación de proyectos de I+D+i a convocatorias europeas y/o desarrollo de Proyectos Bilaterales O Multilaterales, sometidas al régimen de mínimis.

Beneficios:

- La intensidad a aplicar será del 100% sujeto a la regla de mínimis, con lo siguientes límites en función de la tipología de los proyectos:

a) Investigación en beneficio de las PYMES del programa Capacidades del VII Programa Marco

- Proyectos de investigación para PYMEs:

- Inversión máxima aceptable de 30.000,00 € si el beneficiario actúa como coordinador.

- Inversión máxima aceptable de 10.000,00 € si el beneficiario actúa como socio.

- Proyectos de investigación para asociaciones de PYMEs:

- Inversión máxima aceptable de 30.000,00 € si el beneficiario actúa como coordinador.

- Inversión máxima aceptable de 10.000,00 € si el beneficiario actúa como socio.

- Si el beneficiario es una asociación de PYMEs; Hasta 6.000 euros en primera etapa, si estas últimas actúan como coordinadores o como socios y la nota de evaluación de esta primera etapa sea igual o superior al 90% de la nota de corte de la evaluación europea. En caso de que la puntuación obtenida sea inferior al 90% de la nota de corte, el importe máximo de la subvención será de 2.000 €.

- Si el beneficiario es una PYME individual, el importe máximo de la subvención en el caso de no superar la primera etapa conforme a los límites establecidos será de 2.000 €.

- El importe-inversión máximo aceptable por la suma de las dos etapas, en ningún caso superará los límites máximos establecidos anteriormente.

b) Investigación colaborativa del programa Cooperación del VII Programa Marco

- Inversión máxima aceptable de 34.000,00 €.

En el caso de evaluación en dos etapas:

- Hasta 6.000 € en primera etapa, tanto si el beneficiario actúa como coordinador o como socio y la nota de evaluación de esta primera etapa es al igual o superior al 90% de la nota de corte de la evaluación europea. En caso de que la puntuación obtenida sea inferior a al 90% de la nota de corte, el importe máximo de la subvención será de 2.000 euros.

- El importe-inversión máximo aceptable por la suma de las dos etapas, en ningún caso superará los límites máximos establecidos anteriormente.

c) Proyectos bilaterales o multilaterales del CDTI:

- Inversión máxima aceptable de 25.000,00 € si el beneficiario actúa como coordinador.

- Inversión máxima aceptable de 15.000,00 € si el beneficiario actúa como socio.

A excepción de Proyectos EUREKA, donde la inversión máxima aceptable será de 15.000,00 € si el beneficiario actúa como coordinador y 5.000,00 € si lo hace como socio.

d) Otros proyectos internacionales:

- El límite de inversión máxima se valorará individualmente.
Se excluyen de este apartado las propuestas que pudieran ser presentadas a las convocatorias de la iniciativa INTERREG.

En los proyectos de los apartados a) y b), se condicionará el abono de la subvención al resultado obtenido en la evaluación oficial de la convocatoria. En el caso de no alcanzar el 80% del umbral de aprobación de la convocatoria, la inversión máxima aceptable en fase abono se minorará en un 60% sobre la inversión aprobada inicialmente en la resolución de concesión.

En el caso de evaluaciones de dos etapas:

- Los proyectos que no superen el 90% de la nota de corte en la primera etapa, la inversión máxima en la fase de abono será de 2000 €.

- Los proyectos que aun superando el 90% de la nota de corte en primera etapa, no acceden a la segunda etapa por no superar la nota de corte de Bruselas, la inversión máxima en la fase de abono será la aprobada para la primera etapa en la resolución de concesión.

- Los proyectos que participan en la segunda etapa, en el caso de no alcanzar el umbral de aprobación de la convocatoria, la inversión máxima aceptable en fase abono se minorará en un 60% sobre la inversión aprobada para las dos etapas en la resolución de concesión.

Modalidades de participación:

Proyectos individuales y colectivos

Únicamente adquirirán la consideración de colectivos, aquellos proyectos en cuyo desarrollo participen un mínimo de tres beneficiarios.

Otras condiciones

- Las ayudas a conceder en esta actuación a Pymes no deberán exceder de un máximo de 200.000 euros por beneficiario en un periodo de tres años.

Plazo

Plazo de presentación de solicitudes finaliza el 29 de octubre de 2010.

- La presentación de proyectos a programas europeos y/o bilaterales podrá haber sido realizada desde el 1 de mayo de 2010.

Esta información tiene mero carácter informativo, conforme a la legislación actualmente vigente.