Esta inyección de liquidez agilizará la respuesta a las empresas riojanas y posibilitará resolver 583 expedientes pertenecientes al periodo 2019- 2022, que se encuentran paralizados
El Consejo de Gobierno ha autorizado en su reunión de hoy, día 14, el gasto de 15,28 millones de euros con el que el Ejecutivo regional cumplirá su compromiso de desbloquear el cuello de botella en el que se encuentra la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER). Esta inyección de liquidez agilizará la respuesta a las empresas riojanas y posibilitará resolver 583 expedientes correspondientes al cuatrienio 2019-2022 y que se encuentran paralizados.
El portavoz y consejero de Hacienda, Gobernanza Pública y Sociedad Digital, Alfonso Domínguez, ha recordado en la rueda de prensa posterior al Consejo del Gobierno, el mandato asumido ante el tejido empresarial riojano por el jefe del Ejecutivo regional, Gonzalo Capellán, para que la ADER recupere el rol de acompañamiento y apoyo a las empresas en sus proyectos de inversión y ampliación de negocio. Para ello, el Ejecutivo aprobará un plan de cloque valorado de 28 millones (de los que el gasto de 15,28 millones ya ha obtenido luz verde) con el fin de recortar sensiblemente los plazos de pago de las ayudas, hasta un máximo de 180 días.
De los casi 1.400 expedientes de ayudas que registraba la ADER a fecha del pasado 23 de octubre, 583 pertenecen al periodo 2019-2022. Para cumplir el objetivo de acelerar su tramitación, la primera meta es conceder unos 700 expedientes antes del 31 de diciembre, mientras que, aproximadamente, 340 serán tramitados con marzo de 2024 como fecha límite y otros 340 antes de julio de 2024. Los proyectos se enmarcan, mayoritariamente, en el sector de la I+D, en grandes inversiones y en actuaciones en materia de energía y medio ambiente.
En cuanto al gasto de 15,28 millones autorizado este martes, destacan, entre otras, las partidas destinadas a sectores intensivos en la creación de empleo, proyectos de mejora de competitividad, grandes empresas agroalimentarias e inversiones para el uso de energías renovables y eficiencia energética. A continuación, se detallan por año:
I. Proyectos intensivos en inversión o en creación de empleo (INT), en régimen de concesión directa, sujeto al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, MÍNIMIS: 193.341,68 euros.
II. Proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas (AFI), en régimen de concesión directa, sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 1.405.024,04 euros.
III. Proyectos de inversión de grandes empresas agroalimentarias (GEA), sujeto al Reglamento de exención agrícola 702/2014: 4.013.489,06 euros.
IV. Proyectos de inversión destinados a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, en régimen de concesión directa: 180.000,00 euros
a) Sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 103.000,00 euros
b) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, MÍNIMIS: 77.000,00 euros
I. Proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas, en régimen de concesión directa. (INP) sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 1.400.849,06 euros
II. Economía Circular y Transición Energética. Proyectos de inversión destinados a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, (TEC) en régimen de concesión directa, 1.467.000,00 euros.
a) Sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 204.000 euros
b) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, MÍNIMIS:1.243.000,00 euros.
c) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la comisión, MÍNIMIS Agrícola: 20.000,00 euros.
III. Proyectos de I+D+i orientados al mercado para el año 2020 de las subvenciones destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación, en régimen de concesión directa, para los programas 2, 3 y 6: Desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo, I+D, Desarrollo de proyectos de innovación en materia de procesos y organización, Ayudas a la contratación de investigadores y/o tecnólogos para el desarrollo de tareas de I+D+i. (IDI) en régimen de concesión directa, 2.085.791,00 euros.
a) Sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 2.033.791.00 euros
b) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, MÍNIMIS: 52.000,00 euros.
I. Proyectos de inversión para la mejora de la competitividad de las empresas, en régimen de concesión directa. (INP) sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 1.065.696,22 euros.
II. Economía Circular y Transición Energética. Proyectos de inversión destinados a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, (TEC) en régimen de concesión directa: 1.712.000,00 euros.
a) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la comisión, MÍNIMIS Agrícola: 20.000,00 euros.
b) Sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 646.000,00 euros
c) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, MÍNIMIS: 1.046.000,00 euros
III. Proyectos de I+D+i orientados al mercado para el año 2021 de las subvenciones destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación, en régimen de concesión directa, para los programas 2, 3 y 6: Desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo, I+D, Desarrollo de proyectos de innovación en materia de procesos y organización, Ayudas a la contratación de investigadores y/o tecnólogos para el desarrollo de tareas de I+D+i. (IDI) en régimen de concesión directa, sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 257.822,19
I. Programa Estratégico de Comercio Exterior, en régimen de concesión directa. Actuación: Programa de Proyectos de Comercio Exterior, (PEC): 1.000.000,00 euros.
a) Sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 150.000,00 euros
b) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, MÍNIMIS: 850.000,00 euros.
II. Economía Circular y Transición Energética para el año 2022 de las subvenciones destinadas a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, (TEC) en régimen de concesión directa: 500.000,00 euros.
a) Sujeto al Reglamento de exención 651/2014: 384.000,00 euros
b) Sujeto al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la comisión, MÍNIMIS: 16.000,00 euros.