Tendrán obligación de concursar, debiendo solicitar todos los puestos convocados, y siempre que reúnan los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria, el personal que se encuentre en las siguientes situaciones:
- Los excedentes forzosos.
- Los reingresados al servicio activo procedentes de las situaciones en las que no exista reserva de plaza y destino.
- Los que se encuentren en situación de adscripción provisional o a disposición del Consejero y no tengan otro puesto con destino definitivo.
- Los que se encuentren en situación de servicios especiales y no tengan puesto en destino definitivo.
- Los funcionarios cuyo puesto de trabajo haya sido modificado o suprimido de las Relaciones de Puestos de Trabajo, siempre que figuren adscritos al mismo con carácter definitivo.