Destinatarios

Se deben cumplir las tres condiciones siguientes:

  • Tener entre 15 y 17 años a 31 de diciembre del año de inicio del curso escolar.
  • Haber cursado 3º ESO o excepcionalmente 2º ESO.
  • Haber sido propuesto por el equipo docente (a través del consejo orientador) para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

Convocatoria y plazos

En La Rioja, la Dirección General Profesional de Formacion Profesional Integrada, publica una resolución anualmente por la que se establece el calendario de admisión, en la que se fija los plazos de inscripción, matriculación, publicación de listados y cuantas cuestiones considere oportunas en ese año. Dicha resolución suele publicarse en el mes de mayo o junio en el BOR, y el proceso comienza a finales de junio.

Las personas interesadas deben presentar una única instancia de escolarización en el centro solicitado en primera opción, pudiendo señalar hasta un máximo de 4 ciclos diferentes. Una vez publicados los listados de admitidos se procederá a realizar la matrícula en la secretaría del centro adjudicado.

Toda la información que marca la resolución, estará siempre disponible en el trámite correspondiente de la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja. Mientras no esté publicado el calendario de escolarización del próximo proceso, se podrá consultar el del año anterior como referencia.

El plazo para realizar la solicitud de admisión para el curso 2022/2023 a ciclos formativos de Formación Profesional Básica es el siguiente:


- Plazo único: del 20 de junio al 1 de julio de 2022.


En el siguiente anexo se puede consultar el calendario del proceso de admisión a ciclos formativos de Formación Profesional Básica: calendario


Información, tramitación y resultados de la convocatoria

Normativa

  • Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos.
  • Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
  • Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis Títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de Títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
  • Decreto 41/2014, de 3 de octubre, por el que se regulan las enseñanzas de la Formación Profesional Básica y se establece el currículo de trece títulos profesionales básicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja
  • Orden 4/2015 de 21 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se regula el proceso de admisión y matrícula de alumnos en los ciclos formativos de Formación Profesional Básica en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja
  • Resolución de 8 de junio de 2020, de la Dirección General de Educación, por la que se establecen las instrucciones que regulan la preinscripción y admisión de alumnos para cursar ciclos formativos de Formación Profesional Básica en centros educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso 2020/2021.
  • Resolución 34/2022, de 30 de agosto, de la Dirección General de Innovación Educativa, relativa a las instrucciones que van a regular, durante el curso 2022/2023, la organización y el funcionamiento de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que imparten las enseñanzas de Educaciçon Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. (Anexo 1.3 Grado Básico de FP) (BOR nº 168, 1 de septiembre)