Con la finalidad de extremar las precauciones en las labores agrícolas, cuando el índice de riesgo meteorológico de incendio forestal sea extremo en zonas de peligro -a menos de 400 metros de masa forestal-, se ha prohibido el uso de cosechadoras, empacadoras y otras máquinas agrícolas susceptibles de generar deflagraciones cuando se den las siguientes condiciones:
También se deben extremar las precauciones y valorar la idoneidad de posponer las labores agrícolas cuando la temperatura o la velocidad del viento es alta (mapa en colores distintos del verde).
Los mapas con información actualizada de temperatura y velocidad del viento pueden facilitar a los agricultores la toma de decisiones sobre la idoneidad o no de realizar la cosecha o si el municipio en el que se está realizando esta labor cuenta con las condiciones meteorológicas que no aconsejan o prohíben el uso de esta maquinaria.
La información que se muestra en los mapas se actualiza cada media hora, a y cuarto y a menos cuarto (XX.15 h y XX.45 h).
Para más información consulte la Resolución 779/2024, de 18 de junio, por la que se establecen limitaciones para la realización de determinadas actividades en base al riesgo de incendio forestal.
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