La Ley 6/2018, de 26 de noviembre, de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que tiene como objetivo garantizar la protección, el bienestar y la tenencia responsable de los animales que se encuentran dentro del territorio de la Comunidad Autónoma, ha sido modificada por la Ley 2/2020, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2020, que entró en vigor el pasado 1 de febrero.

Esta modificación introduce algunas novedades en la ley, que ahora se centra fundamentalmente en la protección y el bienestar de los animales de compañía, sobre todo en relación a las obligación de sus propietarios. Asimismo, se han producido cambios en lo relativo al control de la población de animales y se han matizado algunas prohibiciones. En el siguiente texto se pueden consultar las principales modificaciones incluidas en la norma:


La aplicación de esta ley supone muchos cambios en relación con la tenencia de animales de compañía, que afectan a diferentes sectores de la sociedad, instituciones o establecimientos, desde la necesidad de esterilización en determinados casos hasta la forma de relacionarse con las mascotas y procurar su bienestar.

Para facilitar su cumplimiento a diferentes colectivos, instituciones o empresas, se recogen a continuación las obligaciones y otras cuestiones relacionadas con cada uno de ellos, incorporando los cambios que ha supuesto la modificación de la Ley 6/2018.