El Consejo de la Unión EuropeaEste enlace se abrirá en una ventana nueva es la institución que representa a los gobiernos de los Estados miembros, es el foro donde se reúnen los ministros nacionales de los países de la UE para adoptar la legislación y coordinar las políticas. Además de coordinar la actuación de los Estados Miembros y negociar y adoptar la legislación de la UE, entre otras funciones cuenta el impulso a la política exterior y de seguridad común de la UE, la celebración de acuerdos internacionales y la adopción del presupuesto de la UE. Tiene su sede en Bruselas, en los edificios Justus Lipsius, Lex y Europa.

No se debe confundir con el Consejo EuropeoEste enlace se abrirá en una ventana nueva, que está compuesto por los jefes de Estado o de Gobierno de los 27 Estados miembros y por el presidente de la Comisión y que establece las orientaciones de las políticas generales de la UE y define las líneas maestras para el futuro. Tampoco con el Consejo de Europa, una organización de promoción de la democracia y los derechos humanos en el continente europeo.

El Consejo de la UE se reúne en diez formacionesEste enlace se abrirá en una ventana nueva diferentes, dependiendo del asunto que se aborde: Agricultura y Pesca, Competitividad, Asuntos Económicos y Financieros, Medio Ambiente; Empleo, Política social, Sanidad y Consumidores; Educación, Juventud, Cultura y Deporte, Asuntos Exteriores, Asuntos Generales, Justicia y Asuntos de Interior, Transporte, Telecomunicaciones y Energía.

A las sesiones del Consejo asisten representantes de los ministerios de cada uno de los Estados miembros. Los participantes pueden ser, pues, ministros o secretarios de Estado, que están facultados para contraer compromisos en nombre del Gobierno del Estado miembro al que representan y para ejercer el derecho de voto. En España, en aplicación de los Acuerdos CARUE de 2004, las Comunidades Autónomas tienen abierta la participación en algunas formaciones del Consejo de la Unión EuropeaEste enlace se abrirá en una ventana nueva.

En lo que respecta su funcionamiento, el Consejo adopta sus decisiones por mayoría simple, mayoría cualificada o unanimidad, dependiendo de la decisión que deba tomarse, y puede hacerlo únicamente si está presente la mayoría de sus miembros. En cuanto a la PresidenciaEste enlace se abrirá en una ventana nueva del Consejo, es rotatoria, de modo que cada Estado miembro la ejerce por periodos de seis meses.

El Consejo es asistido por el Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea (Coreper) y por más de 150 grupos de trabajo y comités altamente especializados, denominados "órganos preparatorios del ConsejoEste enlace se abrirá en una ventana nueva".