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Gobierno de La Rioja

Convenios con las empresas concesionarias de los servicios de transporte regular de viajeros para compensar el déficit de explotación de los servicios

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Remisión de la documentación requerida para el pago de la subvención derivada de los convenios con las empresas prestatarias de los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general para compensar el déficit de explotación de los servicios

Requisitos

Beneficiarios

Empresas concesionarias de servicios regulares permanentes de viajeros de uso general cuyos itinerarios discurren total o parcialmente por La Rioja.

 

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Deberá aportarse documento firmado con la autorización/no oposición para que la Administración consulte los datos necesarios a otras Administraciones para verificar el cumplimiento de los requisitos

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá de forma electrónica desde el botón Tramitar.

Ténga en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos: ver sujetos obligados.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

 No sujeto a plazo

Plazo de resolución y notificación

Según convenio.

Otros plazos

La empresa deberá remitir antes del día 10 del segundo mes del semestre siguiente al que hacen referencia los datos, la siguiente documentación que justifique los datos relativos al déficit de la explotación de la concesión:

-       Hojas de ruta del servicio.

-       Ingresos por transportes de viajeros de uso general.

-       Número de kilómetros realizados de acuerdo con el calendario y horarios establecidos.

-       Cualquier otra documentación que justifique los datos declarados por la empresa.

-       Declaración jurada de que el beneficiario no incurre en incompatibilidad para ser beneficiario de la presente subvención.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Florentino Calvo Romero
  • Irene Coco Barba

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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