El Plan Especial del Sistema General Aeroportuario de Logroño-Agoncillo fue aprobado definitivamente mediante resolución de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial con fecha 22 de octubre de 2003. (B.O.R. 7 de febrero de 2004Este enlace se abrirá en una ventana nueva). La elaboración del Plan Especial se justifica desde el punto de vista del interés público, por la necesidad de dotar de infraestructuras de nueva creación sobre las instalaciones existentes al aeropuerto de Logroño-Agoncillo; lo que conlleva a su vez la necesidad de garantizar su adecuada integración como elemento esencial en la estructura general y orgánica del territorio. La realización y tramitación del Plan Especial se llevó a cabo bajo las determinaciones del Plan Director del Aeropuerto Logroño-Agoncillo, aprobado por Orden Ministerial de 5 de julio de 2001 (B.O.E. nº 167, de 13 de julio de 2001Este enlace se abrirá en una ventana nueva).

La figura del Plan Director es de naturaleza y contenido fundamentalmente aeroportuario, resuelve los aspectos relacionados con los requerimientos aeronáuticos de ampliación del Aeropuerto, por ello necesita del Plan Especial del Sistema General Aeroportuario como instrumento de ordenación urbanística y territorial.

El Plan Especial tiene por objeto la incorporación en el territorio circundante del Aeropuerto Logroño-Agoncillo, declarado de interés general del Estado, como elemento fundamental de la estructura del territorio y como pieza esencial del sistema de comunicaciones. Su ámbito incluye, dentro del término municipal de Agoncillo, tanto los suelos ocupados actualmente por las infraestructuras e instalaciones existentes, como las áreas previstas para su ampliación, contenidas en el Plan Director. El territorio afectado por dicho Plan Especial se incluye dentro del Plan General Municipal de Agoncillo como Suelo No Urbanizable de Sistema General Aeroportuario.


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