Los planes y programas sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, según el artículo 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambientalEste enlace se abrirá en una ventana nueva, son los siguientes:

  1. Las modificaciones menores de los planes y programas sometidos a evaluación ambiental estratégica ordinaria.
  2. Los planes y programas que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión.
  3. Los planes y programas que, estableciendo un marco para la autorización en el futuro de proyectos, no cumplan los demás requisitos mencionados en la evaluación ambiental estratégica ordinaria.

La evaluación ambiental estratégica simplificada constará de los siguientes trámites (esquema de tramitación):

  1. Solicitud de inicio acompañada del borrador del plan y del documento ambiental estratégico.
  2. Consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
  3. Informe ambiental estratégico.

Los plazos son los siguientes:

  1. Realizar las consultas (45 días hábiles) y emisión del informe ambiental estratégico: máximo de 4 meses contados desde la recepción de la solicitud de inicio.
  2. Publicación del informe ambiental estratégico en el boletín del diario oficial correspondiente: máximo de 15 días.
  3. Aprobación del plan objeto del informe ambiental estratégico: máximo de 4 años desde la publicación de la declaración ambiental estratégica en el boletín del diario oficial correspondiente (prorrogables).

El órgano ambiental, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, resolverá mediante la emisión del informe ambiental estratégico, que podrá determinar que:

  • El plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente. En este caso el órgano ambiental elaborará el documento de alcance del estudio ambiental estratégico, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas.
  • El plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico.