Deducciones fiscales para familias
Las deducciones recogidas en la Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos, son las siguientes:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS:
Deducciones autonómicas a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas:
- Deducción por nacimiento y adopción de hijos.
- Deducción por adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios.
- Deducción del 30% de los gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años, a contribuyentes que fijen su residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja, con un máximo de 600€ por menor.
- Deducción de 300 euros por cada menor que haya convivido o conviva con el contribuyente en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, o guarda con fines de adopción, formalizado por el órgano judicial o administrativo competente en materia de menores en esta Comunidad Autónoma.
- Deducción de 100 euros mensuales por cada hijo de 0 a 3 años para contribuyentes que tengan su residencia habitual o trasladen la misma a pequeños municipios, siempre que dicha residencia se mantenga durante un plazo de al menos 3 años consecutivos.
- Deducción por cada hijo de 0 a 3 años del 20% de los gastos en escuelas infantiles o centros de educación infantil de cualquier municipio de La Rioja, con el límite máximo de 600€ por menor.
- Deducción del 15% por adquisición de vehículos eléctricos nuevos
- Deducción del 30% de los gastos por acceso a Internet para los jóvenes emancipados. La deducción se ampliará hasta el 40 % para aquellos contribuyentes jóvenes que constituyan unidades familiares monoparentales o tengan su residencia habitual en pequeños municipios.
- Deducción del 15% de los gastos por suministro de luz y gas de uso doméstico para los jóvenes emancipados. La deducción se ampliará al 20% cuando los contribuyentes tengan su residencia habitual en pequeños municipios, y al 25% para contribuyentes jóvenes que constituyan unidades familiares monoparentales.
- Deducción por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años.
- Deducción por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años.
- Deducción del 15% por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido, con un máximo de 50€ por vehículo y 2 vehículos por unidad familiar.
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES:
Adquisiciones mortis causa:
- Reducciones propias de la Comunidad Autónoma de La Rioja en las adquisiciones de empresas individuales, negocios profesionales, participaciones en entidades, explotaciones agrarias y vivienda habitual.
Adquisiciones inter vivos:
- Reducciones propias de la Comunidad Autónoma de La Rioja en las adquisiciones de empresas individuales, negocios profesionales, participaciones en entidades, explotaciones agrarias.
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS:
- Tipos impositivos reducidos en la adquisición de vivienda habitual para familias numerosas.
- Tipo impositivo reducido y deducción en la cuota para los documentos notariales de adquisición de vivienda habitual para familias numerosas.
Para la aplicación de estas deducciones y reducciones debe consultarse la legislación vigente reguladora de cada impuesto y cumplir el resto de requisitos exigidos en la misma